Por un nuevo centenario, sin invisibilidad y con inclusión para las personas con discapacidad

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Escrito por Jehovany Peña, Director del Área de Recursos Humanos del Equipo de Derechos Humanos.

En la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad se señala lo siguiente, “la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás” [1]. Es decir, la discapacidad no es una limitación individual o una deficiencia, sino que es generada por la sociedad que tiene barreras que impiden el respeto de los derechos humanos de las personas con deficiencias en igualdad de oportunidades. En este nuevo centenario, en el Perú se debe generar un proceso de inclusión para las personas con discapacidad, pero para lograr tal fin hay diversos retos que se deben afrontar.

En el ámbito jurídico existe tanto normativa internacional como la Convención antes mencionada, y normativa nacional como la ley Nº 29973 “Ley General de la Persona con Discapacidad”, que establecen los derechos que tienen las personas con discapacidad. Sin embargo, este respeto y el cumplimiento de todos los derechos humanos en igualdad de condiciones, no ocurre en la realidad actual tanto nacional como internacional. La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) reconoce que, las personas con discapacidad son por lo general “invisibles” ante los Estados, estas personas son marginadas de los debates sobre los derechos humanos y, por ende, no puede ejercer sus derechos plenamente [2].

En el Perú, se puede notar de una forma clara esta “invisibilidad” hacia las personas con discapacidad, mediante unos datos muy resaltantes en base a las inscripciones en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad. El RNPCD a día de 30 de junio de 2019, tiene inscritas a 267,693 personas con discapacidad, sin embargo, existe una brecha importante entre las personas inscritas y el total a nivel nacional. Según, Encuesta Nacional Especializada Sobre Discapacidad (ENEDIS), hay 1,575,402 personas con discapacidad a nivel nacional, es decir solo el 17.0% de esta población ha sido inscrita en el RNPCD. Asimismo, según los Censos Nacionales 2017: XII de Población y VII de Vivienda, hay 3,051,162 personas con discapacidad a nivel nacional, por ende, hay una brecha de inscripciones de 91.2%, pues solo el 8.8% de este grupo está inscrito [3].

Este es el primer reto para que, en el Perú a partir de este bicentenario, las personas con discapacidad puedan gozar sus derechos, pues es importante poder visualizar a este grupo en su totalidad y no solo una parte. En ese sentido, una primera medida que se debe hacer es realizar inscripciones de manera descentralizada, pues Lima es la región que cuenta con mayor número de inscritos con 82,74, mientras que otras regiones como Madre de Dios tiene solo 1,171 personas inscritas [3]. Además, es importante fomentar campañas como “Mi Registro al Día” lanzada por la Conadis para poder actualizar los datos del RNPCD e impulsar medidas que visibilicen a las personas con discapacidad y las deficientes circunstancias en las que se encuentran.  

Entonces, es completamente necesario el fortalecimiento del RNPCD para poder realizar políticas públicas y avances en el cumplimiento de los derechos humanos de las personas con discapacidad que, hasta día de hoy, no se están cumpliendo. El principal derecho que se viene afectando a este grupo, es el derecho a la igualad y no discriminación, establecido en el artículo 2, inciso 2 de nuestra Constitución y los artículos 1.1. y 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Según, Ricardo Guerrero, nos encontramos en una sociedad individualista que impide que las personas con discapacidad sean incluidas, y se les sigue segregando a este grupo, que se encuentra en un entorno en donde no se cuenta la infraestructura necesaria como rampas para sillas de ruedas, ascensores con uso prioritario o transporte accesible [4].

Esta discriminación hacia las personas discapacitadas, afecta además otros derechos humanos como el derecho al trabajo y a la educación. Por un lado, pese a que en la ley Nº 29973, en su artículo 49, establece que en el sector privado se debe contar con 3% de empleados con discapacidad y en el sector público con 5%; según el Censo de Población y Vivienda 2017, el 64% de las personas con discapacidad que están edad de trabajar, no cuentan con un empleo. Por otro lado, con respecto a la educación, según el censo antes mencionado, solo el 12% de esta población en edad escolar está matriculado en el sistema educativo público o privado [5] y según el INEI, solo el 21,3% de la población con alguna discapacidad tiene educación superior universitaria o técnica [6]. Ambos son derechos trascendentales para el desarrollo de todo ser humano que no vienen gozando las personas con discapacidad.

En síntesis, es cierto que existen desafíos para poder reivindicar los derechos humanos de las personas con discapacidad, en diferentes rubros como en el derecho a la igualdad, derecho al trabajo, derecho a la educación, y seguramente otros derechos más, pero no son imposibles de lograr, pues en miras de un nuevo centenario se puede trazar un rumbo para lograr una sociedad que tenga igualdad de oportunidades para todos sus miembros, puede iniciar con el fortalecimiento de RNPCD y continuar con la reivindicación de cada derecho humano del que no gozan completamente las personas con discapacidad. Por consiguiente, es importante mencionar como última adición que, es cierto que el Estado tiene la obligación de brindar igualdad de oportunidades a cada persona, pero también es importante que nosotros como parte de la sociedad que impone las barreras que generan la discapacidad, nos demos cuenta de la segregación que estamos generando. Entonces, es la propia sociedad, quien puede ayudar a destruir las barreras, en aras de ser un país más inclusivo hacia las personas con discapacidad. 

______________

Referencias

[1] Asamblea General de las Naciones Unidas (2006). Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/conventionrightspersonswithdisabilities.aspx

[2] La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). Acerca de los derechos humanos de las personas con discapacidad.

https://www.ohchr.org/SP/Issues/Disability/Pages/AboutHumanRightsDisability.aspx

[3] Observatorio Nacional de la Discapacidad (2019). Inscripciones en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad.

https://www.conadisperu.gob.pe/observatorio/estadisticas/inscripciones-en-el-registro-nacional-de-la-persona-con-discapacidad-junio-2019/

[4] Andrea Duthurburu (2020). La discriminación también alcanza a las personas discapacitadas. Punto Seguido.

https://puntoseguido.upc.edu.pe/la-discriminacion-tambien-alcanza-a-las-personas-discapacitadas/

[5] Observatorio Nacional de la Discapacidad (2019). Documentos: Registro Nacional de la Persona con Discapacidad – Febrero 2019.

https://www.conadisperu.gob.pe/observatorio/estadisticas/inscripciones-en-el-registro-nacional-de-la-persona-con-discapacidad-junio-2019/

[6] INEI (2019). En el país existen 3 millones 209 mil 261 personas con discapacidad.

https://www.inei.gob.pe/prensa/noticias/en-el-pais-existen-3-millones-209-mil-261-personas-con-discapacidad-11687/#:~:text=El%2048%2C9%25%20de%20personas,784)%20como%20obreros%20u%20obreras.

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