¿Puede un buen abogado ser una buena persona?: El caso de Atticus Finch en To Kill a Mockingbird (1962).

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Escrito por Julio Mayorga, miembro de la comisión de Diálogos Humanos del Equipo de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú.

Introducción

Cada uno de nosotros, en calidad de vecinos, parientes, amigos, consumidores y ciudadanos nos tomamos la atribución de emitir opiniones, juicios de valor, críticas, reproches morales, sanciones sociales, etc. Asimismo, también justificamos nuestras conductas para no quedar mal ante el ojo ajeno, nos disculpamos, somos indulgentes con unos y no con otros, hacemos alianzas por confraternidad, nos enemistamos, nos contradecimos y nos volvemos a justificar. En resumidas cuentas, juzgamos y mucho. Poseemos una moral personal que no es ajena a la forma en cómo decidimos vivir y responder ante las situaciones del día a día. 

No resulta problemático que esta gama de conductas —típicas de cualquier ciudadano de a pie— intervenga en nuestras relaciones interpersonales, pues, a fin de cuentas, todos lo hacemos. Sin embargo, resultaría un problema si estas valoraciones éticas, juicios y prejuicios regularan también los lazos laborales, institucionales y cualquier régimen de obligaciones recíprocas. 

En la cotidianidad de la vida en sociedad necesitamos de las profesiones para un sin fin de actividades y necesidades que pretendemos satisfacer. No es extraño entonces crear algún sistema o mecanismo que nos permita —al menos en esferas profesionales— apartarnos del enjuiciamiento moral que determina el tipo de trato que construimos con los demás. Es necesario un medio para estandarizar ese trato y aperturar la disposición para entablar un vínculo con el otro fuera de entornos amicales o familiares. 

Desde la mirada de la sociología funcionalista de las profesiones —dada la relevancia de las profesiones para el fluido funcionamiento de la sociedad y el desarrollo científico y económico— se encuentra justificado que cada profesión se autorregule. Es decir, que las profesiones ejerzan sus competencias bajo un conjunto de normas y patrones de conducta auto pautados. Este campo diferenciado es lo que conocemos como ética profesional. 

Si la regulación de los profesionales en pleno ejercicio de su conocimiento especializado vendría desde fuera de la profesión misma, esta perdería su efectividad y los aportes que estos pueden dar a la sociedad se verían truncados. La profesión legal es uno de estos campos de interés general, por lo que para el despliegue óptimo de sus competencias necesariamente debe regirse bajo una ética profesional privada, aplicable al momento de ejercer tal servicio.

De qué hablamos cuando hablamos de ética personal y ética profesional 

Para abordar el sentido particular de ética que usaremos en el artículo abandonaremos las pretensiones que desprenden de dicha rama de la filosofía. Aislar esta materia, en este sentido, ha sido uno de los motivos para que los abogados se hayan mostrado reacios a la exploración ética de su profesión y a las consecuentes reflexiones que devienen de esta (Mercado, 2009, p. 357). Sin embargo, podemos entender a la ética desde un enfoque más individualista, que la exponga como aquella necesidad, surgida de la inteligencia, del hombre como ser en el mundo, un mundo en el que los medios morales parecen evidentes, pero no así los fines buscados por estos (Mercado, 2009, p. 358). Entonces, la ética se asienta como aquella discusión sobre lo “correcto” en una sociedad y cómo tomamos decisiones para alcanzar aquel objetivo, con la evidente subjetividad que estos fines pueden tener. 

En comparación con esta definición general de la ética, la ética profesional en el ejercicio de la abogacía se ve constituida por los claroscuros devenidos de las garantías propias de la profesión. Atienza considera que estas condiciones provienen del cumplimiento de las normas jurídicas y, por lo tanto, también del Código de Ética propugnado por las autoridades debidas (en nuestro caso, los Colegios de Abogados del Perú) (2016, p. 1).  Sin embargo, es usual que en estos Códigos existan artículos que buscan regular instituciones como el secreto profesional (Capítulo III) o los límites de la abogacía con quienes no son sus clientes (art. 3, 4, 5, 8, 71, 80, etc.). Entonces, el cumplimiento de estos parámetros parece limitar el buen ejercicio profesional a la conformidad de los comportamientos de los abogados con las normas jurídicas. 

No obstante, como explica Atienza, definir algo como éticamente bueno no puede reducirse únicamente a estos criterios “objetivos”, sino, en cambio, deben corresponderse a las normas ideales de la moral subjetiva de cada grupo o persona (p. 3). Es así que la idea de un “buen abogado” encuentra significativos problemas, pues este grado de excelencia excede al Derecho mismo.

El simple hecho de la diferenciación entre una ética general y una ética profesional en la abogacía ya es un problema en sí mismo para definir estos comportamientos deseados. Como reconoce Atienza (p.3), la tarea fundamental del abogado radica en la defensa de los intereses de sus clientes. Esta misma tarea se ve consagrada en el artículo 5 del Código de Ética en cuanto el deber profesional del abogado es defender los derechos de sus patrocinados. Esta situación ya no solo diferencia a los abogados de otras profesiones, sino que incluso, también los diferencia de otros actores jurídicos como los jueces o fiscales. A los jueces y fiscales se les pide imparcialidad, una petición imposible para una profesión etimológicamente formada del latín “ad auxilium vocatus”, como el llamado para pedir auxilio ante situaciones jurídicas. 

Sin embargo, tampoco podemos concluir que dicho rol sea único en la configuración de la labor de los abogados. El artículo 3 y 4 del Código de Ética recaban que la misión de la abogacía es la consolidación del Estado Constitucional de Derecho y la justicia. Al respecto, Boza y Del Mastro entienden que la defensa de los derechos de sus clientes necesita primero de un Estado Constitucional de Derecho que garantice dicha misión a través de sus normas y procesos (2009, p. 333). Además, el valor de la “justicia”, aun siendo un “concepto escurridizo” (Mercado, p. 358), se consagra como el valor social ontológico de la abogacía. Es así que, teniendo en cuenta ambos pilares, resulta entendible que existan tantas discusiones referentes a esta “ambigüedad interna” en el ejercicio profesional del abogado. Podemos definir esta confrontación de principios como la de los intereses de los clientes y la búsqueda de la justicia en sentido abstracto (Atienza, p.3). 

Justificaciones de la existencia de una ética profesional

Antes de encontrar la salida correcta de esta confrontación —si es que la hay— debemos comprender por qué se llega a configurar ese campo técnico-normativo llamado ética profesional. Por un lado, el funcionamiento del sistema adversarial predominante requiere de un compromiso certero con el patrocinio, es decir, un deber invariable con la parte defendida (Anzola, 2019, p. 66). Este vínculo no puede estar mediado por juicios sobre la moralidad del cliente, sus valores y sistema de creencias. La justificación epistemológica de que el sistema adversarial exista y efectivamente funcione radica en concebir el juicio como un espacio de colisión entre dos posturas —con sus respectivos fundamentos— que serán juzgadas por un tercero. Bajo este mecanismo, cada una de las partes debe asumir una defensa parcializada, que busque maximizar la satisfacción de los intereses y pretensiones del cliente. De esta manera, ambas partes contribuyen con la Justicia al crear un escenario polarizado desde donde el juez debe hallar la verdad entre estas dos hipótesis contrarias. Si los argumentos no chocaran entre sí, el juez se vería impedido de extraer una verdad rigurosa como resultado de la contrastación de ambas versiones de la realidad. Por todo lo antes mencionado, está justificado que el abogado se vea desligado de emitir juicios a partir de su ética personal y se atribuyera el rol de juzgar a su propio cliente, pues haciéndolo le sería imposible emprender su defensa al máximo en cuestión de conocimientos y estrategias meramente técnicas. 

Una segunda aproximación a la justificación de por qué hemos conformado la ética profesional para que regule nuestras prácticas es aquella que asegura que la desconexión moral y la irresponsabilidad frente a las consecuencias que se obtengan a partir de un patrocinio —art. 20 y art. 14 del Código de Ética, respectivamente— son necesarias porque solo de esa forma el abogado podría asumir una defensa con la que no está de acuerdo. Por ello, es necesario que quede claro que, si como abogados defendemos un interés particular, no es algo que nos determina como personas, por lo que la ruptura entre la ética personal y la ética profesional tiene que darse. Caso contrario, no podríamos tener una vida ética independiente a la profesión si se parte asumiendo que el abogado realmente es partidario de cada postura y causa que defiende. En este sentido, el abogado no puede ser acusado ni alabado por los casos que defiende porque no reflejan su valor como persona. Sin embargo, ¿realmente una persona puede vivir teniendo dos éticas en colisión?, ¿es posible apagar la conciencia moral? Para ello, resulta gráfico acudir al personaje de Atticus Finch como sujeto que encarna esta confrontación.

To Kill a Mockingbird (1962): la abogacía en sociedades en blanco y negro.

La película de To Kill a Mockingbird (1962), basada en el libro homónimo escrito por Harper Lee y dirigida por Robert Mulligan, nos sitúa en un contexto particularmente complejo en la sociedad norteamericana, sucediendo durante la Gran Depresión de los años 30 y ante la crecida de los movimientos de afroamericanos por sus derechos civiles. Los hechos ocurridos en la película parecen estar basados en las experiencias vividas por la autora, siendo que su padre tuvo que defender a dos negros que terminaron acusados y mutilados. A pesar de que para la época ya se podía grabar a color, la película está rodada en blanco y negro como si tratase de ir en sintonía con remarcar la disyuntiva racial que clasificaba a la gente en blancos y negros.

Esta cruda película refleja cómo una sociedad que tiene el racismo como bandera puede desplazar el valor de los seres humanos a un segundo plano, haciendo primar las apariencias de un sector privilegiado que deja como inferiores a los que no encajan con sus cánones sociales. Por lo mismo, entenderla como una radiografía precisa de las situaciones raciales de la sociedad nos permite dilucidar que, a pesar de los esfuerzos civiles por estrechar dichas brechas, la situación persiste.

La trama de la película retrata la vida de Atticus Finch, un abogado viudo, y sus dos hijos. Está narrada por Scout, la hija menor de Finch, que rememora los años de su infancia en Maycomb, Alabama, a principios de los 30. Esta modesta familia vive una infancia feliz, siendo atendidos por un padre muy presente y la ama de llaves, una mujer negra llamada Calpurnia. El desarrollo de la película empieza a tornarse vertiginoso cuando a Atticus, un defensor público, se le asigna un caso inganable: la defensa de Tom Robinson, un hombre negro, acusado de violar a una joven blanca. Ante esto, los conflictos de Atticus no se reducen a las herramientas jurídicas que debe emplear para llevar a cabo la mejor defensa posible, sino también a los prejuicios raciales a los que se debe enfrentar y a cómo mantener su integridad profesional y la de sus hijos al realizar algo socialmente valorado como deleznable. Para esta ciudad, los negros no pueden ser objeto de los mismos derechos que los blancos, obviando cualquier presunción de inocencia y estigmatizando a cualquiera que ose a prestar sus servicios de defensa legal. Atticus es perfectamente consciente de esto y sabe que debe trabajar con cautela, sin abandonar una defensa íntegra y de calidad.

Roces y confrontaciones entre ambas dimensiones éticas en la película

Para aterrizar los problemas éticos que puedan existir dentro del ejercicio profesional de la abogacía, hemos extraído escenas de la película que consideramos adecuadas para analizar el comportamiento y así lograr responder a la siguiente pregunta: ¿Es posible configurar una ética profesional no ajena con los valores morales individuales y sociales? Esta pregunta no es para responder fácilmente, sino para ilustrar la tragedia constante de la labor del abogado al enfrentarse a un número de situaciones que contraponen su conciencia moral, sus juicios éticos sobre lo justo, su lealtad al cliente y su deber de seguir los parámetros de la ley: todo al mismo tiempo.  

Atticus atraviesa en paralelo dos confrontaciones distintas. La primera se da entre la ética común compartida que rige el comportamiento de la comunidad de Maycomb y la ética profesional que su rol como abogado le demanda. El segundo encuentro se da entre su ética personal —valores, juicios y principios que conforman su conciencia moral— y su ética profesional destinada al deber de cumplir con lo que el sistema jurídico le impone. 

La primera confrontación a la que se enfrenta Finch pugna entre acatar los valores compartidos por la comunidad de Maycomb o asumir un caso que implica cuestionar la honra de una muchacha blanca, soltera y de familia. La escena en la que este dilema toma forma es cuando la pequeña Scout —hija de Atticus— se encuentra en la entrada de su casa notablemente afligida. Lo cierto es que desde que Atticus está encargado de la defensa de Tom Robinson, Scout y su hermano han sido acosados en la escuela, siendo acusados de ser hijos de un defensor de niggers —término peyorativo utilizado contra las personas negras. 

En esta disputa, la ética común del pueblo —que tiene en su base valores conservadores y tradicionales— le impone implícitamente a Finch no asumir la defensa de un hombre negro, ya que el simple hecho de aceptar el caso despierta el escándalo y la indignación popular. Esto quiere decir que, al asumir la defensa de Robinson, Finch estaría traicionando los valores de la comunidad, que desde ese momento ya lo estaba juzgando. En contraposición, su ética profesional y el compromiso que asume con el sistema al desempeñar su rol de abogado defensor, le exige aceptar el caso, que ha sido una encomienda del propio sistema a través del juez quien se lo ha asignado. 

Antes de siquiera saber si el cliente asignado es o no culpable de lo que se le imputa, Atticus actúa motivado por los valores de libertad y autonomía perseguidos por la profesión legal, los cuales tiene interiorizados. Anzola (p. 66) afirma que sólo a través de la defensa legal por medio de un abogado es que un individuo puede recibir la protección y garantía de estos valores frente a alguna intervención de los órganos competentes del Estado o de terceros. En concordancia con la protección de estos valores, el abogado busca velar por el Estado de derecho y garantizar la igualdad ante la ley mediante el ejercicio de sus competencias. 

El abogado como usuario del sistema de justicia —en atención del principio de igualdad ante la ley— asumirá casos que no siempre se ajusten a sus juicios personales para garantizar que dentro de ese sistema nadie quede desamparado de defensa legal. Al negarle la defensa a alguien o asumirla con deliberada deficiencia, lo que en el fondo se está manifestando es que hay intereses más importantes y válidos que otros y que, más grave aún, existen intereses que siempre quedarán desprotegidos por el sistema. De ahí la necesidad del abogado de “apagar” su ética personal durante el ejercicio del servicio legal, pues no es posible satisfacer a plenitud los valores de libertad y autonomía del cliente si se le juzga de antemano o si se emiten valoraciones éticas sobre sus pretensiones. Por ello, resulta necesario que la abogacía esté regida por una ética profesional propia y destinada únicamente a sus miembros en el ejercicio de sus funciones, para así desplegar al máximo la defensa del cliente, únicamente limitada por la ley misma y los valores positivizados en los códigos de ética. A partir de esta idea podemos comprender al abogado como un vehículo de los intereses y pretensiones de su cliente para trasladarlos al sistema por medio de la elaboración de un esqueleto formal que lo permita. La actitud de Finch al tomar el caso de Robinson, no solo denota un deber para con el cliente, sino un deber con el sistema mismo que, en el caso particular de Atticus, guarda relación con sus posturas éticas personales e ideales de justicia.

La segunda confrontación que enfrenta Atticus se da entre su ética personal y su ética profesional en torno al mismo dilema ético sobre asumir o no el caso de Robinson. Sin embargo, en este caso lejos de tratarse de una confrontación o incompatibilidad, se trata de una concordancia entre ambas instancias, ya que las hace compatibles y van en sintonía con su accionar. Atticus es elegido como el abogado de Tom Robinson cuando el Juez lo visita para notificarle. Sin embargo, con poco conocimiento del caso y con énfasis en la gravedad de lo que está en juego, el mismo juez sugiere la posibilidad de que Atticus rechace el caso al mencionar impedimentos como su carga laboral y la responsabilidad que tiene con sus hijos. Estas actitudes del juez parecen haber sido motivadas por la buena reputación que tiene Atticus en la comunidad, pero, sobre todo, a que el caso parece inganable. Se trata de un joven negro y pobre que está siendo acusado de abusar sexualmente de una joven blanca. La situación para la época de la película era prácticamente una sentencia en sí misma, teniendo en cuenta los marcados sesgos y prejuicios raciales de la sociedad.

Por un lado, desde su ética personal la situación despierta en su conciencia una sensibilidad que persigue un ideal de justicia axiológica —no desde el marco institucional de lo formalmente válido, sino desde lo humano y universalmente correcto— arraigada a sus valores personales que motivan su conducta. Por otro lado, su ética profesional —como ya hemos dicho antes— lo impulsa a aceptar el caso concretando así el compromiso que tiene con el sistema como usuario de la profesión legal. De aquí podemos extraer que la moral personal de Atticus se identifica con las motivaciones de su ética profesional para arrojar un mismo resultado: asumir la defensa de Tom Robinson.

La labor de Atticus presupone un sentimiento de malestar, es decir, parte de asumir que es un “trabajo no placentero”. Finch asume ese malestar como inherente a su rol y a su responsabilidad con el cliente y con el sistema del que forma parte, sin embargo, también lo asume desde la coherencia con los imperativos de su ética profesional que siempre han regido su labor de abogado. Aun sabiendo que el sistema de justicia está profundamente atravesado por el racismo —como lo evidencia la actitud de la contraparte, Mr. Ewell, al lamentar que Finch deba asumir la defensa de un caso perdido, y como parece reflejar también el propio juez al asignarle el caso—, tanto la integridad moral de Atticus como su fidelidad al sistema le impiden renunciar a intentar, al menos, alcanzar la justicia. 

La labor del abogado como “un trabajo no placentero”.

Una vez culminado el juicio y deliberada la sentencia que condenaba a Tom Robinson como culpable —a pesar de la defensa impecable de Atticus— Jem, hijo mayor de Finch, se encontraba confundido y frustrado respecto al resultado final. No comprendía por qué declararon culpable a Robinson aun cuando la defensa de su padre demostró la falta de pruebas de la contraparte para acusar a su cliente del delito de violación. Puede que, para ese momento, el joven Jem abandonara toda esperanza de justicia en aquel sistema que confirmaba que desde un principio el caso era inganable. Ello implicaba inevitablemente, concluir en la futilidad de asumir una causa que desde el comienzo estaba perdida. Acercándose, la señorita Maudie le dice a Jem que existen personas que han nacido para hacer ese trabajo desagradable y justamente su padre es uno de ellos. Esto quiere decir que el rol de Atticus en la sociedad lo sitúa constantemente ante escenarios moralmente difíciles que implican defender causas que la sociedad reprocha o excluye, defender clientes con quien uno mismo no solidariza, emprender defensas que al proteger los intereses del cliente contravienen los ideales y juicios éticos propios, o incluso —como el caso aceptado por Finch— desplegar argumentos en vano sabiendo que la resolución judicial estará motivada por prejuicios sociales. 

Las situaciones trágicas de la labor del abogado lo arrastran a sufrir ciertos costos personales que evidencian cómo la vida personal de los usuarios de la profesión se ve afectada por tener que regirse a la ética profesional por encima de la ética personal. Anzola (p. 69) señala que “los costos personales emergen por la aparente imposibilidad de negar o reprimir la ética personal en la práctica del Derecho”. Por lo que, un abogado como Atticus Finch experimentará inevitablemente la sensación de estar realizando un trabajo no placentero ante la imposibilidad de practicar el Derecho sin percibir conflicto alguno. El caso Robinson conduce a Finch a experimentar varios de estos costos personales, de los cuales se hacen notar de forma especial la alienación y las deformaciones en la vida pública y privada, que serán detallados a continuación.

Atticus Finch, abogado al servicio de la justicia antes que padre: Los costos personales que implican el ejercicio profesional de la abogacía.

Acercándonos al final de la película, los hijos de Atticus fueron víctimas de las agresiones de Bob Ewell, el violento padre denunciante que quiso limpiar la honra de su familia en el juicio contra Robinson. Fue entonces que el misterioso Boo Radley —quien pasó de ser visto como una figura enigmática que atemorizaba a los niños a ser un amigo tímido y bondadoso— saltó en defensa de los Finch ocasionando la muerte de Ewell. Frente a esta situación, Heck Tate, el sheriff del pueblo, se apersonó a la casa de los Finch a averiguar lo sucedido. Al llegar, Atticus se encontraba reflexionando sobre la posibilidad de que Jem tuviera la edad suficiente para responder penalmente por la muerte de Ewell, que para el momento era de autoría desconocida. 

Es así que Atticus cumple a la perfección estos deberes que su ética profesional le imponen, evaluando la situación de Jem desde el razonamiento jurídico antes que desde su instinto paternal y dejando en manos de la Justicia las posibles consecuencias del hecho acontecido. Este comportamiento demuestra cómo Finch padecía los costos personales que el ejercicio profesional le generaba en el marco de su vida personal. Los costes que podemos identificar son los siguientes:

Para empezar, Finch demuestra experimentar alienación emocional como resultado del ejercicio de sus competencias profesionales. Anzola explica cómo funciona esta desconexión: “La visión dominante de la ética profesional rompe esta conexión que el trabajo debía satisfacer. La visión dominante restringe la libertad e individualidad del abogado y lo introduce en un rol particular, que le exige habitar un mundo moral distinto al que habita como individuo. Esto lleva a que el abogado no percibe su trabajo diario como una manifestación de su personalidad y su individualidad […]” (p. 72). Finch ha internalizado tanto sus deberes como abogado —deberes con el cliente y con el sistema— que razona primero como un operador del Derecho que encaja hechos en supuestos de la norma, mientras que su subjetividad y sensibilidad como persona y como padre quedan relegadas a un segundo plano.

Anzola (p. 71) comenta que el problema con el ejercicio de esta profesión es la ruptura de la relación entre el trabajo desempeñado y la autorrealización que debería experimentar el sujeto al ver consolidada su individualidad en el ejercicio de sus funciones. Finch no consolida su individualidad mediante su desempeño laboral, por el contrario, se aliena por medio de este, ha convertido el deber profesional en su forma de existir y enfrentar las situaciones del día a día.

Un segundo coste que padece como resultado del ejercicio profesional es el de experimentar deformaciones en su vida pública y privada. Anzola (p. 70) comenta que, si bien hay autores que afirman que el Derecho induce a una división de la personalidad en esferas públicas y privadas, esa separación nunca es hermética, por el contrario, es bastante más permeable de lo que parece. Esto le sucede a Finch cuando advierte intromisiones de las lógicas y razonamientos propios de la profesión en momentos de su vida privada que requieren de una conexión emocional y sensible. Esta deformación lo conduce a responder con técnica y racionalidad jurídica ante la posibilidad de que su hijo enfrente responsabilidad penal por homicidio, incluso antes de indignarse, preocuparse o mostrar la reacción psicológica natural de negar la autoría del hijo en el supuesto crimen. Es así como su rol público como abogado se infiltra en su esfera doméstica, incluso configurando la percepción que tiene de su propio hijo.

Conclusiones: ¿son incompatibles?

Paradójicamente —a pesar de los costes personales— Finch no experimenta una contradicción entre su ética profesional y su ética personal, por el contrario, ha encontrado ese punto ciego que le permite ejercer sus labores como abogado siendo fiel a sus parámetros personales de lo justo y lo correcto. 

Lo curioso es que esta concordancia entre sus dos éticas ocurre porque las ha fundido hasta un nivel en el que su ética profesional domina sobre su dimensión humana y a la inversa, su conciencia moral rige sobre las decisiones que adopta en el ejercicio de su profesión. Es así como Finch encarna el ejemplo excepcional de profesional que ha logrado alinear sus convicciones y valores personales con las exigencias que le demanda la profesión, sin desatender o traicionar los imperativos de cada una de estas esferas. 

La moral personal de Atticus no solo coincide con su ética profesional, sino que rige el ejercicio de su rol como abogado. Esto se manifiesta en la explicación que le da Finch a su hija cuando le pregunta por qué llevará a cabo la defensa de Robinson aun cuando la mayoría se opone, a lo que Atticus responde que, de no hacerlo, no podría caminar con la cabeza en alto. Esto no gráfica para nada la vergüenza que tendría frente a la sociedad, por el contrario, representa el autorrechazo al imaginarse en el supuesto de negar sus propias convicciones y principios de justicia, lo que sería una traición a su propia conciencia moral. 

De esta manera, la cabeza en alto representa la coherencia entre sus valores personales y sus actos en el ejercicio de su profesión. Asume la defensa de Robinson porque de lo contrario no podría vivir tranquilo consigo mismo. Esta coherencia interna entre ambas éticas que rigen a Finch se observa también cuando le dice a Scout que si no tomara el caso no podría volver a decirle a sus hijos qué no hacer. Aquí, Finch es consciente de la imagen que representa en la formación de sus hijos, pues mantiene concordancia entre sus valores internos, los valores que inculca, su rol como padre y su rol como abogado. Si no asumiera la defensa de Robinson, esa coherencia que le da un estatus de autoridad moral en la crianza de sus hijos quedaría rota. Aceptar el caso de Robinson no solo es su deber profesional, sino que mantiene con validez y vigencia su posición moral frente a sus hijos y frente a sí mismo. Por todo lo antes mencionado, podemos afirmar que, al tomar el caso, Atticus no divide su moral personal de la profesional, sino que van en una misma línea. 

De esta forma demuestra que el rol de abogado no implica tener que aniquilar la conciencia moral en virtud de preservar la ética profesional normada en los códigos, ni tampoco desobedecer los patrones de conducta que la profesión jurídica se ha autoimpuesto para garantizar la mayor eficacia de sus servicios en la sociedad. Respondiendo la pregunta de Charles Fried que retoma Anzola (p. 60), sobre si se puede ser un buen abogado y una buena persona al mismo tiempo —o mantener una ética personal y profesional en armonía— pareciera que Finch ha encontrado la fórmula que vuelve compatibles estas dos realidades y aptas para operar en conjunto.

Bibliografía

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https://www.jstor.org/stable/10.7440/j.ctv11vcdj9

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Boza Dibós, B., & Del Mastro Puccio, F. (2009). Valores en el perfil del abogado. Ius et Veritas, (39). Recuperado de:

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Mercado Neumann, E. (2009). La Ética y la vida cotidiana del abogado peruano del siglo XXI. Ius Et Veritas, 19 (38), 356–369. Recuperado de:

https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/12210

Mulligan, R. (Director). (1962). To Kill a Mockingbird [Film]. Universal Pictures.

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