Danganronpa: La academia del terror como oposición a la naturaleza preventiva de los derechos humanos.

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Escrito por Michelle Yarumi Ramón Lossio, miembro de la Comisión de Arte & Derecho.

1.Introducción

Puede parecer extraño y hasta algo fuera de lo común el alto contenido de información y análisis que se puede obtener de producciones como el anime. Un estilo de animación japonés que sobrepasó las barreras internacionales a una velocidad inimaginable y día a día es consumido por millones de personas. Por esta razón, se convirtió en un objeto de estudio de múltiples tesis y trabajos académicos.

Dentro del universo del anime, se puede encontrar no solo casos que se pueden conectar con la vida real, sino también algunos completamente utópicos, pero analizables desde la conceptualización y desarrollo de acciones. Además, al encontrarse dentro de una carrera tan amplia como la carrera de Derecho, se demuestra el vínculo entre el anime y el espacio jurídico. De esta manera, en el presente artículo descubriremos cómo una situación completamente irreal puede ser fuente de análisis para el derecho y, específicamente, desde la mirada de los derechos humanos.

Vale la pena aclarar que se abordará superficialmente la trama y situaciones específicas del anime con el fin de que quien lo lea se interese y pueda disfrutar de la producción completa sin spoilers.

2.Sinopsis

“Danganronpa The Animation” es la primera producción de una secuela anime que surge como adaptación de la serie de videojuegos “Danganronpa”, desarrollada y publicada por Spike Chunsoft. El anime es producido por el estudio Lerche y se estrena un 4 de julio del año 2013, creando gran expectativa y emoción en los aficionados de su versión de videojuego.

La serie se centra en Makoto Naegi y sus compañeros quienes inician el nuevo año escolar en la Academia Kibougamine (en adelante con su traducción como Academia de la Esperanza), la cual alberga a estudiantes genios. Un día, se despiertan con la sorpresa de que todas las ventanas se encuentran bloqueadas y sin salidas. Frente a esta situación, aparece el que se proclama su director, un oso robótico que se hace llamar Monokuma, quien les dice que para escapar y “graduarse” deberán asesinar a uno de sus compañeros de clase sin ser atrapados como culpables.

Inicialmente, parecía una tarea sencilla, pero lo que no esperaban, era que serían sometidos a un juicio donde todos serían investigadores y sospechosos al mismo tiempo. Había dos alternativas. Por un lado, si lograban analizar las pruebas y descubrir al asesino/a, este sería el único ejecutado. Por otro lado, si fallaban todos serían ejecutados excepto el “graduado”. Ahora, debes estar pensando en que las muertes son las comunes de películas como las guillotinas o una silla eléctrica, ¿verdad?. Lamento señalar que no. Las ejecuciones eran de lo más cruel y crudas: desde golpes masivos, quema de brujas, electrificaciones; hasta convertir a uno de los personajes en mantequilla.

3.¿Existen los derechos humanos dentro de la Academia de la Esperanza?

Luego de esta sinopsis, la pregunta sería la siguiente: ¿En qué punto podemos analizar los derechos humanos en este anime? Para empezar, el Perú aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) un 9 de diciembre de 1959 (Resolución Legislativa N° 13282). En dicha Declaración, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, se establecen por primera vez los derechos humanos como objetos de protección internacional. De este instrumento jurídico, se enfatizarán los siguientes artículos:

“Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

(…)

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.” (1948)

Para ello,  se prestará atención al reiterativo abuso psicológico ejercido por Monokuma con el fin de incitar al odio y la necesidad de cada estudiante por salir de la academia para realizar las ejecuciones a las que serán sometidos los declarados culpables, las que simulan incluso a las penas de muerte.

Los dos artículos que se han mencionado, así como el artículo 9, se encuentran vinculados a la memoria histórica de los redactores de la DUDH en 1948, puesto que eran recientes los acontecimientos producidos por las concentraciones nazis y el control del Estado de Hitler (Organización de las Naciones Unidas, 2018). De esta manera, estos artículos representan un rechazo absoluto hacia el control de la vida de las personas, las torturas ejercidas por el Estado y los arrestos arbitrarios de la época.

4.Vida, libertad y seguridad de los estudiantes

Al respecto, se iniciará el análisis con el artículo 3. Esta disposición abarca múltiples enfoques: no entiende a la vida únicamente como el acto de existir, sino también a la acción de vivir con dignidad. Sobre la dignidad, Kant afirma que cada ser humano es un fin en sí mismo y que, por lo mismo, no debe ser tratada nunca como un medio. (Como se cita en Aparisi 2013). Aparisi también nos resalta que “la dignidad humana también conlleva la necesaria protección del derecho humano a la vida”, por lo que una acción que se encamine a producir la muerte de un ser humano inocente jamás sería justificada. (2013)

Sobre este tema, se puede evidenciar que Monokuma representaría la idea de control sobre la vida de los estudiantes a través del encierro que creó y la condición que les planteó a los mismos para ser libres. De esta forma, se manifiesta el atentado contra la vida de quienes viven el terror de que en cualquier momento alguno de sus compañeros podría atentar contra su integridad y vida.

A pesar de lo explicado, puede surgir la siguiente interrogante: ¿Qué tanto terror puede imponer un oso robótico para llevar a un grupo de jóvenes genios a matarse entre sí? La respuesta se evidencia al final del primer capítulo cuando Monokuma le entrega a cada estudiante un CD donde aparecen sus seres más importantes enviándoles saludos y éxitos en su supuesto inicio de clases para, posteriormente, desaparecer de la toma con la escena completamente destruida, tal como se muestra en la Figura 1.

Figura 1.

Habitación de la familia de un personaje destruida.

Nota: Capítulo 1 de Danganronpa The Animation [screenshot]. Tomado de: https://www3.animeflv.net/ver/danganronpa-the-animation-1

El control mental y terror insertado sobre los estudiantes fue de tal magnitud que logró iniciar el ciclo de asesinatos dentro de la academia. Por un lado, debían mantenerse alertas para no ser víctimas. Por otro lado, experimentaban el terror al descubrir los cuerpos de sus compañeros sin vida. Por ello, se encontraban en una situación de “desesperación”, como la llama Monokuma, y provoca un estado mental deficiente, de trauma y de constante ansiedad.

Si consideramos la idea inicial de Aparisi, las acciones de Monokuma serían completamente injustificadas, debido a que atenta contra la protección de la vida de todos los involucrados y hasta los incita a cometer actos criminales entre sí con amenazas que contemplan desde arremeter contra sus seres más preciados, hasta revelar sus más íntimos secretos. Monokuma somete a los estudiantes a un estado de salud mental deficiente, lo que vulnera su dignidad como seres humanos. Además, asesina a quienes atenten contra la imposición de su sistema. En uno de los episodios, demuestra que quien violente al “director” será castigado, cobrando a su primera víctima.

Finalmente, con respecto a lo mencionado por Kant, la instrumentalización de la vida humana implica no ver a una persona como un fin en sí mismo, sino como un medio para obtener un beneficio. En la figura 2, se encuentra la prueba definitiva del pensamiento contrario a los postulados kantianos que presenta Monokuma pues dentro de toda la trama de asesinatos en la Academia de la Esperanza, se toma un giro humillante al revelar que las cámaras que seguían a los estudiantes en su día a día están siendo utilizadas para transmitir un reality show.

Figura 2.

Monokuma revela uno de los misterios que guarda la Academia Kibougamine

Nota: Capítulo 12 de Danganronpa The Animation [screenshot]. Tomado de: https://www3.animeflv.net/ver/danganronpa-the-animation-12

En este punto, no solo hablamos de que Monokuma controlaba su sistema a la perfección; sino también de que este oso robótico estuvo manipulando las acciones y vidas de los estudiantes para hacer su propio show en vivo con beneficios que, para evitar cualquier adelanto o spoiler, no podrán ser mencionados en el presente trabajo pero que deben considerarse totalmente egoístas.

Hasta el momento, se ha evaluado la manera en que Monokuma representa todo lo contrario a lo que se esperaba inicialmente del artículo 3 de la DUDH contra la vida digna de los estudiantes al privarlos de su libertad, afectar su salud mental e inducirlos a atentar contra la integridad y la vida de sus compañeros.

5.Monokuma: la mente maestra detrás de la tortura y la pena

Por su parte, el artículo 5 de la DUDH señala que nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Sin embargo, como se ha mencionado en páginas anteriores, las ejecuciones y el trato otorgado por Monokuma durante la trama son cuestionables. Para una mejor comprensión, se procederá a analizar los tres elementos constitutivos de la tortura que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señala: a) un acto intencional; b) que se cometa con determinado fin o propósito, y c) que cause severos sufrimientos físicos o mentales. (Caso Bueno Alves vs. Argentina, 2007)

En primer lugar y con el objetivo de dar el contexto necesario para el siguiente análisis, las acciones a las que aplicaremos los elementos mencionados serán específicamente a las ejecuciones de las víctimas de “Los 1000 golpes”, “La jaula de la muerte” y “La quema de la bruja de Versalles”. Esto con el objetivo de evitar la mención de sus nombres y continuar con la expectativa del anime.

Dicho lo anterior, se inicia con el primer elemento: el acto intencional. En el comienzo de la serie se evidencia el sadismo de Monokuma por los asesinatos, incluso se demuestra en múltiples oportunidades que busca crear más incentivos para que los estudiantes continúen asesinando y él pueda entretenerse en el juicio y, posteriormente, en el castigo. En suma, en las tres ejecuciones mencionadas, es Monokuma quien aparece llevando a las víctimas a la sala de “castigos” y termina participando de los actos él mismo.

No cabe duda que la intención del oso robótico estaba presente en cada una de las ejecuciones. En esta misma línea, se menciona la sala de “castigos” ya que Monokuma, luego de anunciar quién es el culpable en cada juicio, dice la frase “Es momento de otorgarle un castigo apropiado a …”. Por ende, es en este punto donde deseamos analizar el segundo elemento que la CIDH menciona: que se cometa con determinado fin o propósito y sumarle lo que señala el artículo 2 de la Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura.

“Para los efectos de la presente Convención se entenderá por tortura todo acto realizado […] con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin.” (1985)

El propósito de Monokuma era muy simple: divertirse, castigar e imponer una pena por los asesinatos. Entonces, desde las risas burlonas que otorgaba cada que iniciaba una de las ejecuciones, hasta en su propia frase donde menciona explícitamente la palabra “castigo apropiado”; este segundo elemento es mucho más evidente que el resto puesto que en las mismas indicaciones que da Monokuma al explicar en qué se basará el juicio escolar menciona la sexta regla de la Academia: Para “graduarte” necesitabas cometer el crimen perfecto, es decir, que nadie descubra al culpable.

Figura 3.

Explicación de Monokuma sobre el castigo/pena si descubren al asesino

Nota: Capítulo 2 de Danganronpa The Animation [screenshot]. Tomado de: https://www3.animeflv.net/ver/danganronpa-the-animation-2

De encontrar al culpable en el juicio escolar, como observamos en la figura 3, el castigo o pena que se impondría sería en razón de “perturbar la ley y el orden del lugar”. Cumpliendo de esta manera con una intención similar a la que cumple la pena de muerte.

Por último, el tercer elemento consiste en la medición de sufrimientos físicos o mentales de las víctimas. En este punto, solo es posible describir en términos generales los rostros y sensaciones demostradas por los personajes al haber sido descubiertos puesto que se trata de una animación detallada, pero irreal. A pesar de ello, es posible afirmar que el sufrimiento físico, humillación y desgaste mental que atravesaron todas las víctimas es inhumano, propio de un oso robótico con una mente maquiavélica.

Al contar con los tres elementos que destaca la CAPST, se puede afirmar que Monokuma habría sido un perpetrador del artículo 5 de la DUDH y del artículo 2 de la CAPST confirmando la tortura, los tratos crueles, inhumanos y degradantes ejercidos sobre los estudiantes.

6.Conclusiones

Danganronpa es una de las producciones de anime con mayor contenido de vulneración hacia los derechos humanos. Por ejemplo, el derecho a la vida, la dignidad y el no ser sometido a tortura ni tratos crueles. Monokuma representa todo lo que la CIDH tiene como objetivo prevenir; busca que se protejan sobre todo aquellos tres artículos creados con la finalidad de poner fin a la pena de muerte y enfatizar la renuncia total de la creencia en la supremacía del Estado para controlar la vida de las personas.

A pesar de todo lo tratado, Danganronpa esconde un gran misterio en los últimos episodios que podría cambiar la percepción del público sobre el manejo del sistema de Monokuma. Incluso cabe volver a mencionar que esta es sólo la primera de tres temporadas del anime, y las acciones de los estudiantes podrían hacerlos pasar de víctimas a victimarios.

¿Te animarías a ser el estudiante que cambie la situación en la Academia de la Esperanza?

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Referencias bibliográficas

Aparisi Miralles, Ángela (2013). El principio de la dignidad humana como fundamento de un bioderecho global. Cuadernos de Bioética, XXIV (2), 201-221. Disponible en:   https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=87528682006

Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura (1985). Artículo 2. 12 de septiembre.

Corte Interamericana de Derechos Humanos (2007). Caso Bueno Alves vs. Argentina, sentencia del 11 de mayo, serie C, n.o 164. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_164_esp.pdf

Naciones Unidas (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Adoptada por la Asamblea General en su Resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948.

Organización de las Naciones Unidas (2018). Artículo 3: Derecho a la vida. https://news.un.org/es/story/2018/11/1445581

Resolución N.° 13282 (1959). Aprueba la Declaración Universal de los Derechos Humanos suscrita por la Asamblea General de las Naciones Unidas. 9 de diciembre.  Disponible en: https://idehpucp.pucp.edu.pe/images/docs/declaracion_universal.pdf

 

 

 

 

 

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