PJ condena a periodistas a dos años de prisión suspendida por querella de César Acuña

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Escrito por Piero Chávez Gonzales, director de la Comisión de Diálogos Humanos del Equipo de Derechos Humanos. 

El juez Jesús Vega, del 30 Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Lima, condenó a dos años de prisión suspendida al periodista Christopher Acosta, autor del libro “Plata como cancha: Secretos, impunidad y fortuna de César Acuña”, y a Jerónimo Pimentel, director de la editorial Penguim Random House, por difamación agravada tras la querella que interpuso César Acuña Peralta, líder del partido político Alianza para el Progreso. Además, la sentencia condenatoria incluye el pago de una reparación civil de 400 mil soles. 

Este juez sostiene que el libro “Plata como cancha” habría traspasado los límites de la libertad de expresión y se habría incurrido en hechos lesivos al honor y la reputación de César Acuña, quien había seleccionado 55 frases presuntamente difamatorias en el libro, a pesar de que se trata de declaraciones registradas en documentos verificables ante expedientes fiscales, judiciales y reportes periodísticos. Al respecto, el juez Vega consideró que 35 de las 55 frases del periodista Acosta representan actos difamantes. 

Este fallo representa un grave atentado contra la libertad de información y expresión en el país, además de ignorar estándares internacionales de protección a la libertad de prensa. En esta línea, se expresó el Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS) y el Consejo de la Prensa Peruana (CPP) al advertir que si la querella por presunta difamación agravada prosperaba pondría en riesgo la libertad de prensa y expresión en el país. De la misma manera, la directora del área de libertades informativas del IPYS, Adriana León, sostuvo que un fallo condenatorio sería perjudicial y un atentado contra la libertad de expresión, porque el periodista no ha difamado a César Acuña. 

Respecto a la libertad de expresión, existe una tendencia jurisprudencial uniforme en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que este juez ha ignorado en los fundamentos de su decisión. Sobre este punto, el derecho a la libertad de expresión se encuentra protegida en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y en el artículo 4 de la Carta Democrática Interamericana, por lo que es considerada como un componente fundamental de la democracia. 

Además, la Corte IDH, en su sentencia “Caso Álvarez Ramos vs. Venezuela”, ha señalado que la persecución penal es la medida más restrictiva a la libertad de expresión, por lo tanto su uso en una sociedad democrática debe ser excepcional y responder a una necesidad social imperiosa. Sin embargo, este no es el caso de César Acuña Peralta. La Corte agrega que el uso de la ley penal para difundir noticias de esta naturaleza produciría un amedrentamiento que limitaría la libertad de expresión e impediría el escrutinio público. Por lo tanto, este fallo representa una decisión que limita la labor de los periodistas en el país. 

Desde Diálogos Humanos, rechazamos la decisión del juez Jesús Vega y expresamos nuestro apoyo a los periodistas Christopher Acosta y Jerónimo Pimentel, quienes injustamente han sido condenados por cumplir con su labor periodística. Además, esperamos que la segunda instancia en este proceso pueda corregir esta decisión, ya que este precedente es peligroso para el periodismo en el país e ignora que la libertad de expresión y la libertad de prensa son indispensables en una democracia. 


Fuente: RPP, El Comercio, Corte IDH

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