Derechos sexuales y reproductivos se añaden en el borrador de la nueva Constitución de Chile

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Escrito por Andrea Gómez, miembro de la Comisión de Diálogos Humanos del Equipo de Derechos Humanos.

Este martes 15 de marzo, en el marco de la redacción del borrador de la nueva Constitución, el pleno de la Convención Constitucional de Chile votó el primer informe presentado por la Comisión de Derechos Fundamentales. Este primer documento contiene una serie de artículos que brindan protección a los derechos sexuales y reproductivos de los ciudadanos chilenos.

Dentro de este, se votó tanto para el inciso primero y segundo del artículo 16 y ambos fueron aprobados superando la barrera de lo ⅔ de los votos. El tercer inciso de este artículo, que versa sobre el derecho a beneficiarse del progreso científico para ejercer los derechos sexuales y reproductivos, no superó los votos necesarios y volverá a la comisión de origen para su modificación. El resultado de esta votación ayuda a cimentar a los derechos sexuales y reproductivos como derechos esenciales, y agrega ciertas precisiones respecto al alcance que estos tienen.

El primer inciso reconoce la titularidad de todas las personas de los derechos sexuales y reproductivos, asimismo, menciona otros derechos que abarca/complementan su definición como son el de” decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad la reproducción, el placer y la anticoncepción”.

El segundo inciso forma parte de “Será ley”, iniciativa popular que recabó más de 15,000 firmas y fue aprobada el pasado 11 de febrero por la Comisión de Derechos Fundamentales. En este, el Estado asume la responsabilidad de garantizar el acceso a circunstancias óptimas para el embarazo y reconoce la voluntad de las personas para decidir sobre su interrupción. 

El texto completo del segundo inciso es el siguiente: “el Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, así asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos. Asimismo, garantiza su ejercicio libre de violencia y de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones”.

Fuente: CNN Chile

 

 

 

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