Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030: un análisis crítico y reflexivo del impacto de los objetivos y lineamientos

- - 0 177 Views
Escrito por Alejandra Vega(*) y Rafael Polar(**) , miembros de la comisión de Diálogos Humanos del Equipo de Derechos Humanos. 

  1. Introducción: la PNMDD, objetivos y marco normativo El 5 de junio de 2021 el Poder Ejecutivo promulgó la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 (en adelante PNMDD), el cual fue aprobado mediante el Decreto Supremo N 007-2021-MIMP. Esto conforme al numeral 1 del artículo 4 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, el cual dispone que el Estado Peruano está comprometido a asegurar y promover el ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna y que, por lo tanto, debe adoptar todas las medidas legislativas y administrativas necesarias para hacer efectivos los derechos que se han reconocido en la Convención [1]. 

    El presente artículo tiene por objetivo analizar y comentar la PNMDD a un año de haber sido aprobada y puesta en marcha. Así, en un primer momento se explicará qué es la PNMDD, sus objetivos, lineamientos y su importancia, para luego analizar el avance que se ha tenido en el país respecto a las políticas públicas para tutelar los derechos de las personas con discapacidad.

    En primer lugar, la PNMDD es el marco orientador del Estado respecto a las personas con discapacidad. Es una política que ha permitido diagnosticar y determinar como problema público que requiere de intervención por parte del Estado la discriminación estructural hacia las personas con discapacidad [2], esto según a las siguientes causas que se mencionan en el documento de gestión de la PNMDD: Limitado acceso a servicios públicos que garanticen el ejercicio de derechos, prejuicios y estereotipos, precaria institucionalidad pública en materia de discapacidad. Como consecuencia de esto es que se terminan vulnerando los derechos fundamentales de las personas con discapacidad. 

    Son 7 los objetivos que se han establecido a través de esta política: 1) fortalecer la participación política y social de las personas con discapacidad, 2) garantizar la participación de las personas con discapacidad, 3) asegurar el acceso y cobertura a servicios integrales, 4) garantizar que las personas con discapacidad desarrollen sus competencias en igualdad de oportunidades, 5) promover actitudes sociales favorables para las personas con discapacidad, 6) asegurar condiciones de accesibilidad y 7) fortalecer la gestión pública en temas de discapacidad [2].

  2. Importancia de la PNMDD en el Perú

    De esta manera, la PNMDD se presenta como una manera de establecer la situación de las personas con discapacidad, visibilizando qué le falta al Estado y a la sociedad en general para permitir que todos y todas gocen de sus derechos, planteando que para el 2030 se cumpliría con los objetivos propuestos. 

    La Constitución Política del Perú en su artículo 2 inciso  2 sobre los derechos fundamentales de la persona establece que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley, y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, religión, condición económica o de cualquier otra índole [3]. En esa misma línea, el artículo 7 también estipula que la persona incapacitada para poder velar por sí misma a causa de deficiencia física o mental, también tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Por lo tanto, en un contexto en donde anteriormente no se le ha dado la debida importancia a las personas con discapacidad, la creación de la PNMDD trasciende al proponer y establecer lineamientos con el propósito de lograr un mayor reconocimiento de la situación de las personas con discapacidad y sus derechos. 

    2.1 Impacto de la inclusión en las políticas públicas

    Ahora, el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad informó que, para enero de 2022, la población con nivel de discapacidad severa incrementó en un 51.7% [4]. Por su parte, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) realizó un estudio en el 2017 en donde concluyó que 3 millones 209 mil 262 personas presentan alguna dificultad o limitación permanente que no les permite desarrollar sus actividades diarias de manera regular [5]. Además, en este estudio se concluyó  que son más mujeres que hombres quienes padecen de alguna discapacidad. Esta información debe ser también tomada en cuenta por el Estado, considerando que las mujeres en el Perú por el simple hecho de serlo se encuentran en una situación de vulnerabilidad debido a la sociedad machista y patriarcal que las limita a poder desarrollarse en aspectos sociales, económicos, políticos y personales. 

    Por todo lo antedicho, las políticas públicas inclusivas que va incorporando el Estado son de suma importancia. La inclusión no busca marcar diferencias entre las personas ni favorecer a unos más que a otros; sino que se busca reconocer que no todos se encuentran en las mismas condiciones. Por lo tanto, se deben tener políticas que cumplan con tutelar los derechos humanos de todos y todas, que si bien pueden ya estar previstos en nuestro ordenamiento todavía no son gozados plenamente

    2.1.1 Sobre las políticas públicas inclusivas 

    En ese sentido, se debe de reconocer que a pesar de que el Perú cuenta con un amplio reconocimiento jurídico e institucional de protección de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad. En la práctica un importante número de personas sufren de vulnerabilidad social, de una mayor desigualdad de oportunidades y pueden ser sujetos, en mayor grado que otros grupos, de exclusión en el acceso a derechos sociales claves como la educación o el empleo. [6]

    Por ende, a lo largo de los años, la realidad de las personas con discapacidad en el Perú ha demostrado la imperiosa necesidad de convertir las políticas públicas de homogéneas y excluyentes a inclusivas, adaptándose a  las distintas realidades que experimentan las personas con discapacidad. De esta manera, trabajando intensamente la relación entre el estado, la sociedad civil y el sector privado, se puede asegurar y promover el ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna. Resulta necesario, desde el sector público, visibilizar la problemática de la discapacidad, cambiando el enfoque: de actividades aisladas de algunos organismos públicos, a ganar la atención y la acción de la sociedad. [7]

    2.1.2 Derechos de las personas con discapacidades 

    Ahora, es menester reconocer que las personas con discapacidades al carecer de las mismas oportunidades a comparación de la población general, se enfrentan a diferentes obstáculos físicos y sociales. Por dicha razón, deben de contar con un instrumento jurídico único que enumere sus derechos y evitar que estos estén dispersos en una serie de instrumentos y distribuidos en la jurisprudencia nacional e internacional. [8]

    Bajo ese contexto, se establece la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, una norma universal jurídicamente vinculante que tiene como objetivo:

    “Promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. ¨Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.¨ [9]

  3. Comparación entre lo que proponen y el avance luego de 1 añoLa PNMDD considera como situación futura deseada que: “Al año 2030, en el Perú, la discriminación estructural hacia las personas con discapacidad se habrá reducido, permitiendo, así, que alcancen su desarrollo integral y ejerzan plenamente sus derechos en una sociedad inclusiva” [10]

    Por dicha razón, el Reporte de Cumplimiento de la PNMDD del 2022 ha demostrado los distintos avances nacionales en torno a los 7 objetivos prioritarios (OP). Con respecto a los OP, 3 de 7 lograron superar sus metas programadas al 2021 (43%): el OP.05 “Promover actitudes sociales favorables hacia las personas con discapacidad”, OP.06 “asegurar condiciones de accesibilidad en el entorno para las personas con discapacidad” y OP.07 “fortalecer la gestión pública en materia de discapacidad”, los cuales están a cargo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). Mientras que los indicadores de los OP.01 “fortalecer la participación política y social de personas con discapacidad”, a cargo también del CONADIS, el OP.02 “garantizar la participación de las personas con discapacidad, en edad de trabajar, en actividades económicas dependientes o independientes”, a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) no lo lograron. El OP.03 “asegurar el acceso y cobertura de servicios integrales de salud para las personas con discapacidad”, a cargo del Ministerio de Salud (MINSA) y el OP.04 “garantizar que las personas con discapacidad desarrollen sus competencias en igualdad de oportunidades, a través del acceso, participación, aprendizaje y culminación oportuna, a lo largo de su trayectoria educativa en los diferentes niveles y modalidades” a cargo del Ministerio de Educación (MINEDU) no fueron reportados por los sectores responsables. [11]. Si bien se ha evidenciado un crecimiento en cuanto a lo que propone la PNMDD, sigue siendo sumamente importante no escatimar esfuerzos para cumplir los objetivos prioritarios.

  4. Conclusiones y reflexiones 4.1 DDHH de las personas con discapacidad 

    En conclusión, el presente artículo demuestra que las personas con discapacidad tienen y deben gozar los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que las personas sin discapacidad. En ese sentido, no deben de verse sometidos a discriminación alguna fundamentada en su discapacidad. 

    De la misma manera, en aras de garantizar una protección adecuada al ejercicio de sus derechos y la protección de sus libertades fundamentales, el Estado debe implementar las medidas necesarias que permitan luchar contra la discriminación estructural y capacitista que existe contra las personas con discapacidad. Bajo ese marco, la PNMDD surge como una oportunidad imprescindible para, desde las políticas públicas, generar una atención más inclusiva a este sector vulnerable. 

    4.2. No solo políticas, sino también una sociedad más inclusiva y empática

    Finalmente, es necesario aperturar un espacio que permita comprender que más allá de las políticas públicas que un Estado pueda aplicar, es rol de la sociedad civil abogar por una sociedad más inclusiva y empática, que comprenda que, a pesar de las distinta realidades, cada uno de nuestro connacionales merece un trato igualitario y sin discriminación.

(*) Estudiante de décimo ciclo de la carrera de Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Miembro de la Comisión de Diálogos Humanos del Equipo de Derechos Humanos.

(**) Estudiante de cuarto ciclo de la carrera de Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Miembro de la Comisión de Diálogos Humanos del Equipo de Derechos Humanos.

Referencias

[1] Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. (2021).  Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030. 

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1933058/ds_007_2021_mimp.pdf?v=1623072792 

[2] Plataforma digal única del Estado Peruano. (2021, 5 de junio). Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030. 

https://www.gob.pe/institucion/conadis/informes-publicaciones/1952667-politica-nacional-multisectorial-en-discapacidad-para-el-desarrollo-al-2030   

[3] Plataforma digal única del Estado Peruano (2018). Constitución Política del Perú. https://www.gob.pe/institucion/presidencia/informes-publicaciones/196158-constitucion-politica-del-peru 

[4] Observatorio Nacional de la Discapacidad. (2022, 2 de marzo). Informe estadístico del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad – Reporte enero 2022. 

https://conadisperu.gob.pe/observatorio/estadisticas/informe-estadistico-mensual-del-registro-nacional-de-la-persona-con-discapacidad-enero-2022/#:~:text=Registros%20vigentes%3A%20comportamiento%20a%20enero%20de%202022&text=La%20poblaci%C3%B3n%20con%20nivel%20de,34.7%25%20(enero%202022) 

[5] Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. (s/f). En el país existen 3 millones 209 mil 261 personas con discapacidad.

https://m.inei.gob.pe/prensa/noticias/en-el-pais-existen-3-millones-209-mil-261-personas-con-discapacidad-11687/ 

[6] Francke, P. & Cordero, C. (2005). El Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad: Balance y Propuesta. Congreso de la República. 

https://www4.congreso.gob.pe/comisiones/2002/discapacidad/areas-estudio/PIO-PCD-final-abril2005.pdf

[7] Meléndez, R. (2019). Las políticas públicas en materia de discapacidad en América Latina y su garantía de acceso a una educación inclusiva de calidad. Universidad de Costa Rica. 

https://www.redalyc.org/journal/447/44762458012/html/

[8] ACNUDH. (s/f). Hoja informativa: Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. ACNUDH. 

https://acnudh.org/hoja-informativa-convencion-internacional-sobre-los-derechos-de-las-personas-con-discapacidad/

[9] Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. (2006)

https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

[10] Gobierno del Perú. (2021). Documento de Gestión: Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030.

https://www.gob.pe/institucion/conadis/informes-publicaciones/1952667-politica-nacional-multisectorial-en-discapacidad-para-el-desarrollo-al-2030

[11] Gobierno del Perú. (2021). Reporte de cumplimiento: Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 (PNMDD). MIMP

https://www.mimp.gob.pe/omep/pdf/evaluaciones/2022/4-Reporte-de-cumplimiento-PNMDD-2021.pdf 

Escrito por

No hay comentarios

Sigue leyendo

0Posts

0Posts

Busca algún tema

Lo más leído

Síguenos

Facebook