
La nueva Policía de Orden y Seguridad: ¿Un nuevo Serenazgo o una Policía militarizada?

Escrito por Marco Antonio Zelaya Castro, miembro de la Comisión de Diálogos Humanos del Equipo de Derechos Humanos
A nadie le es ajena la gravedad que representa el problema de la inseguridad ciudadana en nuestro país, y la consecuente sensación de impunidad e impotencia que tiene la ciudadanía frente a la incapacidad de los entes institucionales de poder ejercer justicia mediante labores preventivas y punitivas. Ante ello, en los últimos meses se ha planteado diversas ideas como el brindar armas no letales a los miembros del serenazgo, endurecer las penas, la creación de más centros penitenciarios, entre otras medidas que buscan generar mayor confianza en la población sobre el accionar estatal frente al grave problema que representa la delincuencia.
En dicho contexto, en el reciente mensaje a la nación, la presidenta Dina Boluarte presentó el Proyecto de Ley Nº 5633/2023 – PE que propone la creación de una nueva división en las fuerzas del orden, esta sería llamada la Policía de Orden y Seguridad. Según el discurso dado por Boluarte, esta sería una solución a la falta de efectivos policiales, teniendo como función exclusiva la realización de labores de vigilancia y seguridad tanto en la prevención de delitos como en el fomento del orden y el desarrollo pacífico de las actividades ciudadanas. A efecto de ello, esta división pasaría a regirse bajo la normativa legal de la Policía Nacional del Perú. Asimismo, en la exposición de motivos de dicho proyecto se tomó como referencia a los casos de Colombia y Francia, en los que existen categorías policiales bajo modalidad de contratación de servicios con entrenamiento acelerado.
El discurso sobre la creación de esta nueva fuerza del orden especial estuvo cargado de medidas contra los extranjeros venezolanos que no se encuentren documentados, pues se trató de argumentar que al enunciarse que ello disminuirá los niveles de delincuencia. A su vez, no hubo autocrítica, ni reconocimiento de culpabilidad sobre las decenas de fallecidos producto de las contramedidas de la Policía Nacional frente a las marchas contra el gobierno de Dina Boluarte. En dicho sentido, la creación de la Policía del Orden y Seguridad podría agravar la situación de vulneración de los derechos humanos por parte de las fuerzas del orden. Para poder tener mayor conocimiento sobre ello es importante evaluar cómo se está planteando la creación de la Policía del Orden y también la problemática que rodea el caso de Colombia enunciado por el mismo Proyecto de Ley.
La Policía de Orden y Seguridad y un régimen paralelo de seguridad ciudadana:
El Proyecto de Ley que incorpora la categoría de Policía de Orden y Seguridad para fortalecer la seguridad ciudadana presentado el 28 de julio del presente año está lejos de aclarar muchas dudas en torno a las funciones específicas que va a cumplir este nuevo sector policial y cómo las divisiones tradicionales de la Policía van a ceder competencias o van colaborar en dichas funciones de vigilancia y resguardo del orden. Sin embargo, uno de los puntos que mayor cuestionamiento ha generado ha sido la reducción del tiempo de entrenamiento. Me explico:
En la actualidad, el modelo educativo y de carrera de la Policía Nacional del Perú contempla que la formación profesional dada en las Escuelas de Oficiales de la Policía Nacional del Perú es de 10 semestres (05 años) o de la Escuela Técnica Superior de Sub Oficiales PNP (03 años). Sin embargo, el Proyecto de Ley presentado contempla capacitaciones de 06 meses para los licenciados de Fuerzas Armadas y 12 meses para el caso de aspirantes civiles. De dicho modo, estas nuevas fuerzas existirían de forma paralela a la carrera policial y a su vez serían reclutadas por modalidad de contratación, ya que, no formarían parte del modelo educativo policial promedio.
La eliminación de la carrera policial para los miembros de esta nueva división resulta un punto importante a evaluar porque, tal como menciona Christian Donayre, la Policía Nacional del Perú se caracteriza por el respeto a los valores de disciplina y jerarquía. Ello no excluye el aprendizaje de conocimientos técnicos y profesionales que se brindan en las correspondientes instituciones educativas policiales, con miras al perfeccionamiento del accionar de los miembros de la Policía tanto dentro como fuera del servicio. (1) Esto demuestra que el trabajo policial no se puede manejar bajo los regímenes tradicionales que garantizan las condiciones académicas y laborales de otras profesiones, porque la Policía Nacional como ente es el único facultado para la defensa de la seguridad interna mediante el uso de la fuerza tanto letal como no letal. Por lo tanto, resulta de suma importancia que las personas que porten armas y estén encargadas de resguardar el orden cuenten con valores de respeto hacia los derechos humanos. En dicho sentido, el Doctor Gabriel Cano, en un artículo realizado durante el Conflicto Armado Interno, señala que es muy importante la solidez orgánica de la Policía Nacional, pues una estructura unificada permite fomentar y fiscalizar de forma más eficaz el respeto a los derechos humanos al incentivar en los miembros un respeto a una autoridad no personalista sino institucionalizada (2). Esto quiere decir que se busca evitar que las fuerzas del orden sigan influjos caudillistas, cuyas intenciones pueden ser sumamente variables, para poder generar un respeto por la institución Policial y los valores que esta representa en nuestro modelo democrático y constitucional.
Es así que el hecho de establecer un paralelismo que ignore la carrera policial implica el reducir drásticamente la importancia de su formación integral y los valores que esta promueve en la conciencia de los efectivos policiales. En dicho sentido, mas bien conllevaría a que una función que requiere de tanta especialización se limite al mero entrenamiento en uso de armas para garantizar el orden ciudadano. Lo que evidentemente puede conllevar un uso inadecuado de la fuerza, asunto que se evidencia en el caso colombiano.
El caso colombiano entre la ESMAD y las “chaquetas rojas”, hacia el respeto de los Derechos Humanos
En el Proyecto de Ley se menciona el caso colombiano como una referencia de casos en los que esta idea se aplicó exitosamente. Sin embargo, el caso de Colombia es más complejo de lo que parece, puesto que las últimas iniciativas del presidente Petro han radicado en la creación de una fuerza civil, denominada “las chaquetas rojas” que ejercen las funciones que debería cumplir la ESMAD, sobre las situaciones de orden y vigilancia tanto en los casos de la vigilancia ciudadana como en el orden en caso de protestas, fungiendo esta nueva fuerza como escuadrón de diálogo. No obstante, de momento la ESMAD aún cumple dichas funciones de forma especializada, siendo parte del cuerpo policial, pero actuando más como fuerza de apoyo a esta. De tal modo, según la legislación nacional colombiana, tal como menciona Juliana Patiño, la función de este escuadrón se limita a la respuesta frente a “disturbios, motines y demás situaciones de desorden”, siendo una policía especializada para dichos fines. Por lo que sus principios rectores velan por la conservación del orden y la seguridad. (3) Ahora bien, las palabras usadas en la legislación resultan por sí solas de amplio significado y es por ello que desde la creación de la ESMAD se han presentado diversas denuncias contra este escuadrón por parte de la población por violaciones hacia los derechos humanos. Ello se debe a que, aquello que se entiende por “orden y seguridad” resulta sumamente subjetivo si es que no se brinda una educación integral con un enfoque especializado en los derechos humanos, que permita respetar los derechos no solo de quienes se ven afectados sino de los presuntos agresores, para que se pueda velar por su integridad y derechos inherentes a toda persona sin importar los crímenes que cometan hasta la realización de un juicio justo y respetuoso de sus derechos.
No obstante, si bien las entidades judiciales colombianas han sentado diversos precedentes jurídicos en defensa de los derechos de los ciudadanos afectados por las acciones desproporcionales de la ESMAD, ello no elimina que sigan surgiendo denuncias contra este conocido escuadrón. Esto ocurre debido a problemas que surgen desde la concepción de este grupo, puesto que, tal como señalan Ana María Colmenares, Sofía Colmenares y Leonel Esteban, parte del problema relativo a la ESMAD se genera debido a la función para la que se le concibe y su discordancia con las acciones que ejerce en la realidad. Esto tiene como causa el hecho de que la ley no define lo que entiende por violencia y desorden, quedando ello a discrecionalidad de los agentes del orden o agentes políticos, siendo común que se asocie toda forma de protesta a la idea de quebrantamiento del orden democrático, sin generar diferenciaciones con verdaderas manifestaciones violentas. Ello es producto de falta de valores institucionales firmes y concordantes al modelo punitivo y constitucional de seguridad ciudadana. (4) Es así que, se puede comprobar que la ESMAD tiene como defecto principal el hecho de que no se termina por integrar al aparato policial, en tanto que su existencia se plantea como una fuerza paralela de asistencia y pese a que se contempla que responda a las mismas obligaciones que las fuerzas del orden tradicionales, su origen no es el mismo. Es por ello que, al ser una fuerza policial con entrenamiento militar, no comparte como tales los valores ni formación que caracteriza al cuerpo policial en general y ello implica una evidente reducción en cuanto a la capacitación sobre el respeto a los derechos humanos.
En dicho sentido, la naturaleza ambivalente de este escuadrón que posee un entrenamiento diferenciado, teniendo miembros militares, genera un resultado distinto a la formación tradicional integral de la Policía, evitando que el agente pueda concientizarse a fondo sobre la importancia de su deber y responsabilidad hacia el Estado, volviéndolo a ojos de la ciudadanía, un empleo más. Mientras que “las chaquetas rojas” propuestas por el presidente Petro mas bien se asimilan a un cuerpo de Serenazgo, compuesto por civiles con funciones sumamente accesorias, que no pasan por la prevención de delitos. Por lo tanto, el caso de la Policía de Orden y Seguridad no se adecuaría del todo a ninguna de las figuras referidas.
Los problemas de nuestra realidad nacional frente a la creación de una policía diferenciada:
La creación de esta nueva Policía de Orden y Seguridad no puede resultar ajena al complejo contexto por el que pasamos en nuestro país. En dicho sentido, han pasado casi 08 meses desde que Dina Boluarte asumió la Presidencia y hasta el momento hay 63 fallecidos producto de la represión policial contra las movilizaciones sociales durante su mandato. Sin embargo, es importante resaltar que a diferencia de otras movilizaciones con demandas que radican en pedidos específicos relacionados a necesidades sociales, las últimas manifestaciones han tenido como eje la denuncia de la represión policial misma que sufrieron los manifestantes de manera desmedida cuando Dina Boluarte asumió el gobierno. Por lo que, la imagen de la Policía Nacional se ha visto cada vez más criticada por la población: tal como señala la encuesta de Datum en junio del 2023, casi un 45% de la población se encontraba de acuerdo con que las fuerzas del orden realizaron un uso excesivo de la fuerza e hicieron ejecuciones extrajudiciales para impedir las marchas contra el gobierno (5). Ello demuestra que la población cada vez presenta mayor desconfianza hacia las fuerzas del orden y que un factor muy importante es la falta de capacitación por parte de los efectivos policiales frente al uso de la fuerza y el respeto de los derechos humanos. Factor que también se hace presente en la incapacidad de la Policía Nacional para desarticular diversas mafias de extorsión y de robo de celulares que requieren un trato más especializado.
A su vez, como se mencionó anteriormente, la idea de la creación de una nueva fuerza del orden se da en el contexto de muchas medidas planteadas que consisten en el endurecimiento de las penas o en el incremento de fuerzas de vigilancia que no siempre pasan por el incremento de efectivos de la Policía Nacional del Perú. Sin embargo, muchos expertos señalan que ninguna de dichas medidas resuelve el complejo problema de la inseguridad ciudadana en nuestro país. Puesto que, el endurecimiento de penas apela a la intimidación que estas producen, idea que no ha tenido efectividad en el pasado. A su vez, los especialistas en seguridad ciudadana consideran a la creación de una nueva fuerza policial con menor capacitación mas bien como un acto contraproducente frente a la especialización y experiencia que requiere el trabajo contra crímenes de alta complejidad y violencia. (6) En dicho sentido, el problema de la inseguridad ciudadana pasa por soluciones muy complejas, que requieren altos niveles de especialización, así como la necesidad de fortalecer el sistema judicial en su totalidad. No obstante, ello no implica que la creación de la Policía de Orden y Seguridad no genere otro tipo de problemas como se ha señalado anteriormente.
Conclusiones:
La idea de crear una nueva fuerza policial que no forme parte de la carrera policial no implica solamente la existencia de más efectivos policiales, sino que implica también un debilitamiento de la institucionalidad policial y de los valores constitucionales que representa en torno a su función principal, defender los derechos fundamentales de los ciudadanos. En dicho sentido, el caso de Colombia y la existencia de la ESMAD y de los nuevos “chaquetas rojas” genera una problemática en torno a los peligros y deficiencias de tener fuerzas del orden que no pasen por entrenamiento policial, en tanto que no se concientiza a los agentes en los valores de la institución. Asimismo, frente al grave problema de la inseguridad ciudadana, tal como muchos expertos han señalado, esto no resulta una solución directa ni lógica, porque muchos de los problemas de la Policía radican mas bien en la falta de especialización y entrenamiento. Entrenamiento que ha demostrado ser deficiente en las protestas, dado el terrible manejo del uso de la fuerza para mantener el orden y evitar la violencia. Por dichas razones, si bien las funciones y obligaciones de esta nueva Policía del Orden y Seguridad resultan aún difusos resulta peligroso el proponerlo, dada la compleja crisis política, social y democrática que amenaza más los derechos humanos de los ciudadanos.
BIBLIOGRAFÍA:
(1) Donayre, C. (2018) Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. Colección Lo Esencial del Derecho. Fondo Editorial PUCP, Lima.
(2) Cano, G. (1990) El Papel de la Policía en la protección de los Derechos Humanos. Themis. Nº 16, pp. 31-37.
(3) Patiño, J. (2020) Colombia: El ESMAD frente a la legislación y la letalidad de las armas no letales. Réseau International des Droits Humains. Extraído de: https://www.ridh.org/news/colombia-el-esmad-frente-a-la-legislacion-y-la-letalidad-de-las-armas-no-letales/
(4) Castañeda, Ana; Colmenares Sofía y Leonel Esteban (2022) ¿Qué es contexto legal? La figura del ESMAD: Utopía legal versus realidad. Universidad Bogotá. Nº 25, pp. 173-202.
(5) Datum Internacional (Junio 2023) Estudio de Opinión Pública – Popularidad + Coyuntura. Extraído de: http://admin.datum.com.pe/datum/descarga/20230607142429.pdf
(6) El Comercio (29 de julio de 2023) ¿‘Policía del orden’ y fideicomiso en transporte? Las explicaciones pendientes del Mensaje a la Nación. Extraído de: https://elcomercio.pe/lima/sucesos/mensaje-a-la-nacion-de-dina-boluarte-policia-del-orden-y-fideicomiso-en-el-transporte-las-promesas-y-ausencias-en-el-mensaje-a-la-nacion-marchas-protestas-cierre-congreso-noticia/?ref=ecr
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