
Castración química: ¿Propuesta para erradicar la violencia sexual en el país?

Escrito por Rafael Sebastian Polar Huaco y Joaquín López Matheus, miembro de la Comisión de Diálogos Humanos del Equipo de Derechos Humanos.
Con el paso de los años y los lamentables acontecimientos sucedidos en nuestra nación, en el Perú, los delitos en contra de la libertad sexual han generado una situación extremadamente complicada para las mujeres, niños y adolescentes. Dicha situación se ha replicado para las autoridades, puesto que, estas se han visto en la obligación de establecer y generar políticas públicas para garantizar la disminución, prevención y sanción de casos relacionados hostigamiento y violencia sexual.
En cuanto a este último, se han establecido diversas propuestas para contrarrestar la situación actual en el Perú. No obstante, hasta el día de hoy, los casos siguen en aumento y cada vez son más las mujeres, niñas y adolescentes quienes tienen que enfrentar situaciones traumáticas, procesos revictimizantes e imposibilidad de acceso a la justicia al momento de denunciar los casos de violencia de género que han atravesado. En ese sentido, en la presente editorial se analizará la última propuesta del Gobierno en cuanto a la castración química de sujetos que comentan delitos de violación en contra de la libertad sexual dentro de nuestro territorio nacional.
El martes 12 de abril, nuestro país se vio conmocionado por el lamentable caso de secuestro y violación a una niña de 3 años en la ciudad de Chiclayo en la región de Lambayeque. Este acontecimiento generó una serie de protestas y manifestaciones en todo el país con el objetivo de exigir justicia por la menor de edad, su familia y todas las víctimas de violencia de género en Perú. El Presidente de la República del Perú, Pedro Castillo, estableció:
“Estamos planteando aplicar la castración química como una de las medidas drásticas contra los violadores de menores de edad, adolescentes y mujeres propuesta que será formalizada en los próximos días y esperamos que el Congreso no le dé la espalda a un clamor popular”. [1]
De esta manera, el 23 del presente mes, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley que aplicaría la castración química contra violadores de menores de edad, adolescentes y mujeres. En ese sentido, el Jefe de Estado manifestó que espera el respaldo del Poder Legislativo en cuanto a este proyecto de ley. Por otro lado el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero puntualizó que:
“Este proyecto persigue esta medida para aquellos delitos que tienen pena determinada, es decir, todos aquellos delitos de la violación sexual con pena determinada, y no para delitos como el 173 y 173-A que hablan de menores de edad que implican cadena perpetua”. [2]
En otras palabras, la castración química sería aplicable a los sujetos que comentan delitos de violación en contra de la libertad sexual con penas que van desde los 15 a 25 años.
La castración química es el uso de fármacos para reducir la libido o la actividad sexual y es una forma legal de castigo en países como Corea del Sur, Polonia, República Checa y en algunos estados de Estados Unidos, pero que es considerada como una pena “cruel e inhumana” por parte de Amnistía Internacional. Según declaraciones del exministro de Salud y urólogo, Alberto Tejada, esto “consiste en administrar una sustancia a una persona, sea por la vía intramuscular o con pastillas, para inhibir la producción de testosterona, o contrarrestarla, y de esa forma inhibir el deseo sexual, el impulso y la propia erección del pene”. [3]
Ahora bien, es sumamente importante preguntarnos si es que la propuesta de la castración química para violadores de menores de edad, adolescentes y mujeres es realmente efectiva al momento de prevenir delitos de la violación de la libertad sexual.
En cuanto este aspecto, el ex-congresista Alberto de Belaunde a través de una infografía, sostiene lo siguiente: 1) La castración química no evita la reincidencia, pues el tratamiento es reversible. 2) La medida supone un alto costo económico al Estado peruano, cada procedimiento oscila aproximadamente en 300 dólares por preso. 3) No es un proceso que se realice sólo una vez, pues para garantizar su efectividad debe realizarse continuamente para que se mantenga. Finalmente, 4) La persona sentencia puede continuar violando, dado que existen diferentes formas de materializar un abuso sexual a una víctima.
De la misma manera, la Defensoría del Pueblo, estableció que “no es una medida eficiente”, ya que, según la entidad, “no existe evidencia que su implementación reduzca la incidencia de violaciones sexuales”. [4]
Demostrando de esta manera que, a pesar de las intenciones de establecer políticas públicas para evitar y sancionar actos en contra de la libertad sexual de menores de edad, adolescentes y mujeres, es sumamente necesario basarse en el análisis y la efectividad de estas medidas para, de esta manera, garantizar ponerle fin a la situación crítica de violencia sexual en nuestro país.
En el Perú, esta propuesta se ha debatido desde la década de 1990. Según el abogado penalista Carlos Caro, esta no ha sido aprobada por dos tipos de problemas. El primero tiene que ver con la cuestión constitucional, ya que las penas corporales en Perú están prohibidas y la castración química equivaldría a una pena corporal que atentaría contra la dignidad de la persona. El segundo tiene que ver con la eficacia de la medida, la cual está sometida a tela de juicio en el ámbito médico, en el sentido de saber si es que efectivamente se puede lograr disminuir la libido sexual o la incidencia de delitos sexuales cuando se aplican estas sustancias. Asimismo, Caro advierte que:
“Al margen de esos dos puntos, el problema es que la violación sexual no tiene como punto de partida la libido sexual sino el pensamiento criminal y, según la ley peruana y la de todos los países, delito sexual no solo es la introducción de una parte del cuerpo en un menor sino también consiste en la introducción de objetos. Entonces quien no tenga la capacidad por impotencia debido a esta sustancia de poder cometer delito sexual, de tener una erección, no significa que no pueda utilizar otros medios”. [5]
Desde Diálogos Humanos, felicitamos la disposición del Gobierno por establecer normas y políticas públicas que busquen disminuir y sancionar los delitos en contra de la libertad sexual de las mujeres, niños y adolescentes. No obstante, creemos sumamente necesario establecer medidas basadas en efectividad, análisis y aplicabilidad. De esta manera, se garantiza que las medidas propuestas sean beneficiosas para el país y se apoya de manera directa la lucha en contra de la violencia de género en Perú. Desafortunadamente, por lo expuesto, la castración química dentro del contexto actual no parece ser una propuesta basada en las tres características mencionadas anteriormente y se inclina más a ser una medida populista que busca el apoyo de la población.
Bibliografía
[1] Tv Perú Noticias. (2022, 18 de abril). Declaraciones del Presidente Pedro Castillo Terrones.
[2] Gestión. (2022, 20 de abril). Gobierno aprueba proyecto de castración química y será enviado al Congreso. https://gestion.pe/peru/aprueban-castracion-quimica-para-violadores-gobierno-aprueba-proyecto-de-castracion-quimica-y-sera-enviado-al-congreso-pedro-castillo-rmmn-noticia/?ref=gesr
[3] El Comercio. (2022, 21 de abril). Consejo de Ministros aprueba proyecto de ley para aplicar castración química a violadores de menores de edad
[4] Gestión. (2022, 20 de abril). Castración química en Perú: ¿A quiénes aplicaría esta pena de ser aprobada por el Congreso?
[5] CNN en Español. (2022, 21 de abril). ¿De qué se trata la propuesta de castración química del presidente Pedro Castillo y qué se necesita para aprobarla?
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