Vivir con Miedo, Resistir con Orgullo: La Realidad de la comunidad LGBTIQ+ Peruana

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Escrito por Mariana Díaz Muñoz, comisionada de Diálogos Humanos y Milagros Margareth Rodríguez Euscate, comisionada de Impula-DH, del Equipo de Derechos Humanos de la PUCP.

I. Introducción

En pleno siglo XXI, la promesa de igualdad y dignidad para todas las personas sigue siendo una deuda pendiente cuando se trata de las diversidades sexuales y de género. A pesar de los avances discursivos en materia de derechos humanos, en Perú (y en gran parte de no solo América Latina, sino del mundo entero) la violencia y discriminación hacia las personas LGBTIQ+ persiste con una crudeza alarmante. Esta violencia no es producto de actos aislados ni de individuos aislados; por el contrario, responde a patrones estructurales profundamente arraigados en el machismo, el conservadurismo religioso, la heteronormatividad y una institucionalidad que, lejos de garantizar derechos, muchas veces los niega o los ignora.

La intolerancia y discriminación a las personas miembro de la comunidad LGBTIQ se manifiesta de formas múltiples: desde agresiones físicas y psicológicas, hasta la exclusión del sistema educativo, del mercado laboral o de los servicios de salud. Sin embargo, más allá de lo visible, lo más preocupante es la naturalización del odio, que se infiltra en los discursos mediáticos, en las políticas públicas, en el lenguaje jurídico, en los silencios legislativos y en la indiferencia del Estado Peruano. Cuando el aparato estatal no actúa, cuando no reconoce legalmente la identidad de las personas trans o no sanciona los crímenes de odio por orientación sexual, está enviando un mensaje devastador: que hay vidas que importan menos.

La violencia contra la comunidad LGBTIQ+  no es solo una expresión de intolerancia, sino una forma de control social que busca castigar a quienes se diferencian de la norma heterosexual y cisgénero, de lo hegemónico y lo calificado como “normal”. En ese sentido, es también una herramienta política que refuerza jerarquías sociales y legitima la exclusión, ejemplo de esto es la utilización del odio como base de discursos políticos. Es por esto que el problema no se reduce a la ausencia de normas específicas, sino a la falta de voluntad para transformar un sistema que ha sido históricamente ciego, y muchas veces cómplice,  frente al sufrimiento de las diversidades sexuales y de identidad de género.

El objetivo de este análisis es evidenciar cómo esta violencia se reproduce de forma estructural, y cómo la omisión del Estado, la falta de legislación inclusiva y la indiferencia de una parte importante de la sociedad civil perpetúan un contexto de impunidad y negación de derechos. No se trata únicamente de reclamar protección jurídica; se trata de defender el derecho a existir con dignidad, a amar sin miedo y a vivir sin tener que justificar la propia identidad.

II. Situación Actual: La Persistencia de la Violencia y Discriminación LGBTIQ+fóbica: 

La comunidad LGBTIQ+ en Perú enfrenta una alarmante persistencia de violencia y discriminación.  Entre 2020 y 2023, en Perú se cometieron 54 asesinatos a personas TLGBI, según el último Informe Anual del Observatorio de Derechos TLGBI de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. El documento enfatiza que más de la mitad de las víctimas fueron mujeres trans (30), seguido por hombres gay (23) y una mujer lesbiana. En 2023 se incrementó el número de homicidios con 19 casos, de los cuales 12 fueron mujeres trans y 7 hombres gays. El año anterior fueron 13 personas: 8 hombres gays y 5 mujeres trans. En 2021 diez: 5 mujeres trans y 5 hombres gays. Y en el 2020 se contabilizaron doce asesinatos: 8 mujeres trans, 3 gays y una lesbiana (Universidad Peruana Cayetano Heredia, 2023)

Además, la Encuesta de Salud Mental de Jóvenes LGBTIQ+ 2024 en Perú, realizada por The Trevor Project, reveló que más del 60% de los jóvenes LGBTIQ+ entre 14 y 24 años han experimentado discriminación o violencia debido a su orientación sexual o identidad de género (The Trevor Project, 2024). En el Perú, ser una persona queer significa enfretarse a discriminación e inclusive a perder la vida simplemente por su orientación sexual o identidad de género. Además, el Estado peruano agrava esta situación debido a que existe una falta de registros oficiales y sistemáticos sobre crímenes de odio, lo que dificulta la implementación de políticas públicas efectivas para proteger a esta población vulnerable (Agencia Presentes, 2024). Los legisladores peruanos se han negado a realizar cambios que ayuden a avanzar en materia de derechos humanos para todas las personas parte de la comunidad. 

Los discursos de odio provenientes de sectores conservadores han contribuido significativamente a la perpetuación de la violencia y discriminación contra la comunidad LGBTIQ+ en Perú, son un punto clave para entender la discriminación actual.  Estos discursos, difundidos a través de medios de comunicación y redes sociales, fomentan estigmas y prejuicios que legitiman actos de violencia y exclusión. La normalización del odio, especialmente en internet, ha empeorado los últimos años. El mundo se encuentra en una época donde claramente existe una preferencia para los gobiernos de extrema derecha y muchos de sus discursos se fundamentan en apuntar “al otro”. La comunidad LGBTIQ+ ha sido históricamente parte de los grupos sobre los cuáles se pronuncian discursos de odio para fundamentar una agenda religiosa, conservadora y extremista y los últimos resultados electorales a nivel mundial son un ejemplo de ello. 

También hay que destacar que la Defensoría del Pueblo ha señalado la urgencia de sancionar estos discursos, tomando en consideración que el Código Penal peruano no contempla sanciones específicas para quienes promueven la discriminación y violencia contra personas LGBTIQ+ (Defensoría del Pueblo, s.f.). Esta omisión legal deja un espacio para que los discursos de odio se propaguen impunemente, exacerbando la vulnerabilidad de esta comunidad. Los crímenes de odio terminan siendo procesados bajo otros tipos penales que no reconocen la verdadera naturaleza y motivación detrás de estos crímenes. 

A pesar de algunos avances legislativos, como la inclusión de la orientación sexual e identidad de género como agravantes en delitos comunes, Perú aún carece de un marco legal integral que proteja los derechos de las personas LGBTIQ+.  La ausencia de leyes específicas que reconozcan y garanticen derechos fundamentales, como el matrimonio igualitario, la identidad de género y la adopción por parejas del mismo sexo, evidencia una deuda pendiente del Estado con la comunidad. Esto se suma a acciones como la negativa a realizar las coordinaciones pertinentes para eventos como la marcha anual LGBTIQ+. Este tipo de acciones del gobierno manda un mensaje a la sociedad que termina validando los discursos de odio que se esparcen en la sociedad. 

Organizaciones de la sociedad civil, como PROMSEX, han destacado la necesidad de implementar políticas públicas inclusivas y de sensibilización para erradicar la discriminación estructural que afecta a las personas LGBTIQ+. Por ejemplo, en su Informe Anual sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Personas LGBTIQ+ en el Perú 2021 mencionan “el 87 % de las personas trans encuestadas para este informe no cuentan con un DNI que represente su nombre social y han decidido no iniciar ninguna acción legal. Ello se puede deber, principalmente, a que la judicialización de estos casos conlleva afrontar una incertidumbre total al no existir reglas claras en el proceso, asi como al largo tiempo que toman estos procesos. En efecto, la Comisión Nacional contra la Discriminación (CONACOD) reportó en 2019 que de un universo de 140 casos de reconocimiento de nombre y/o sexo, solo 9 habian concluido su trámite, de los cuales solo 4 tuvieran una respuesta positiva de parte del juzgado” (PROMSEX, 2021). Todo esto nos lleva a la misma idea: sin un compromiso real y sostenido por parte del Estado para desarrollar e implementar un marco legal y político que garantice la igualdad y no discriminación, la comunidad LGBTIQ+ continuará enfrentando situaciones de vulnerabilidad y exclusión. 

III. Cuando el Odio Cruza la Línea: Manifestaciones de la LGBTIQ+fobia Hoy:

La violencia contra las disidencias sexuales se manifiesta a través de los denominados crímenes de odio. Estos actos se caracterizan por ser la expresión del rechazo y la aversión de un grupo hegemónico, como la sociedad heteronormativa, hacia un grupo contra-hegemónico, que es el colectivo LGBTIQ+ (Fernández, 2023). La Organización Panamericana de la Salud define la homofobia como el prejuicio, estigma o discriminación hacia las personas que mantienen relaciones sexuales con otras de su mismo sexo. Sin embargo, el término “violencia por prejuicio” se considera más abarcador que solo homofobia o transfobia, ya que estas últimas pueden resultar incompletas y no contemplan todos los posibles casos de violencia contra personas LGBTIQ+, y la motivación principal no siempre es el miedo, sino el prejuicio. El uso del término disidencia sexual permite visibilizar el desacuerdo voluntario con un orden impuesto, la heteronormatividad patriarcal.

Los crímenes de odio aglutinan un conjunto de actos como el maltrato, desprecio y aniquilación. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha observado que las personas LGBTIQ+, o aquellas percibidas como tales, están sujetas a diversas formas de violencia y discriminación basadas en la percepción de su orientación sexual, identidad o expresión de género, o porque sus cuerpos difieren de las presentaciones femeninas o masculinas socialmente aceptadas. Esta violencia es un fenómeno de alcance mundial.

En el contexto peruano, los denominados crímenes de odio contra los integrantes de las minorías sociales los dejan en abandono por falta de amparo jurídico. A pesar de la existencia de una norma contra la discriminación, los actos contrarios a ella, como los crímenes de odio, permiten el abandono y la discriminación contra los derechos de las minorías sociales en el Perú. Un estudio señala que para un alto porcentaje de encuestados (88%), los actos de discriminación por razones de sexo generan perjuicios a la comunidad LGBTIQ+ en el Perú y a nivel mundial.

Las manifestaciones de la violencia van desde lo verbal hasta lo físico y extremo. La CIDH ha señalado que la violencia ejercida contra personas LGBTIQ+ tiende a ser especialmente despiadada, evidenciada por un alto grado de ensañamiento. Esta violencia se manifiesta en diferentes formas y modalidades, incluyendo el plano físico, psíquico, económico, social, violaciones sexuales, asedio sexual, abuso, tráfico y agresión doméstica. En muchos casos, llega hasta la muerte. En Perú, se reportan muy comúnmente episodios de violencia contra personas de diferente orientación sexual, desde casos de simples agresiones verbales hasta atentados graves contra el cuerpo, incluyendo el suicidio de un menor tras reprimendas homofóbicas y el ataque a una persona trans que la dejó en coma.

Una manifestación extrema de esta violencia es el asesinato, a menudo cometido con saña. Los crímenes de odio suelen estar acompañados por un tipo específico y excesivo de violencia sobre el cuerpo de la víctima, intentando exterminar, simbólicamente, a todo un colectivo. En casos de homicidio, el estado del cadáver puede evidenciar el repudio del agresor, quien cree estar cumpliendo una especie de mandato social.

La violencia contra las disidencias sexuales responde a lógicas sexistas, patriarcales y heteronormativas. Los transfemicidios y travesticidios, por ejemplo, son crímenes de odio que manifiestan el mayor hecho de discriminación y odio hacia estas personas, evidenciando la violencia machista y patriarcal inserta en la estructura social. Se considera una forma de violencia de género, impulsada por el deseo de castigar a quienes desafían las normas de género. Esta discriminación y violencia basada en el género es uno de los principales motivos de crímenes de odio a nivel mundial. Los crímenes como el travesticidio y el transfemicidio están motivados por prejuicios y estereotipos basados en el género y la orientación sexual que circulan en las estructuras profundas de la sociedad (Córdoba, 2023).

A pesar de la gravedad de estos actos, existe una dificultad para encauzar investigaciones judiciales exitosas. Las estadísticas precisas sobre tasas de condenas son limitadas o inexistentes en muchos estados de la OEA. En Perú, existe un gran desconocimiento en cuanto a temas relacionados con la sexualidad humana, y conceptos clave como afinidad de tipo o sexualidad no existen en la normatividad, por lo que no pueden ser aplicados por funcionarios públicos. El Estado peruano es considerado responsable por las violaciones sistemáticas al no ejecutar lineamientos de protección que garanticen la no discriminación y la igualdad. La falta de amparo jurídico contra los crímenes de odio lesiona los derechos a la igualdad de trato y oportunidades.

En el Perú, aunque no hay un registro oficial de actos de violencia contra la comunidad homosexual, organizaciones civiles documentan incidentes (Irribarren, 2021). Un informe de “No Tengo Miedo” de 2014 registró 260 incidentes de violencia contra miembros del colectivo LGBTIQ+ solo en Lima Metropolitana, en diversas modalidades. La mayoría de estos casos no fueron denunciados a la policía. Los reportes de prensa nacional también dan cuenta de episodios de violencia contra personas de diferente orientación sexual.

IV. Caminos Hacia un Perú Sin Odio: Desafíos y Propuestas:

En el Perú, la lucha contra la discriminación y los crímenes de odio enfrenta desafíos significativos.  Aunque se han dado pasos importantes, como la promulgación del Decreto Legislativo N.º 1323 en 2017, que incorporó como agravantes en delitos comunes los motivos de orientación sexual e identidad de género, la aplicación efectiva de estas disposiciones aún es limitada. La falta de tipificación específica de los crímenes de odio en el Código Penal dificulta su identificación y sanción adecuada (IDEHPUCP, s.f.). 

Existen en nuestro ordenamientos proyectos que buscan fortalecer nuestra legislación. Un ejemplo es el Proyecto de Ley N.º 8294/2023-CR, presentado por la congresista Susel Paredes. Este proyecto propone modificar el Código Penal peruano para tipificar y sancionar de manera específica los crímenes de odio imponiendo penas de 20 a 35 años de prisión.  Este proyecto garantiza una respuesta penal adecuada frente a delitos motivados por prejuicios discriminatorios. Este proyecto de ley encuentra su motivación en el creciente número de casos de crímenes de odio en nuestro país. En el Perú según El Informe Anual del Observatorio de Derechos TLGBI se registraron 54 asesinatos hacia personas de la comunidad y 170 casos de vulneración de sus derechos entre el 2020 y 2023 (Lex, 2024)

La Defensoría del Pueblo ha señalado la necesidad de sancionar los discursos de odio que promueven la discriminación y violencia contra personas LGBTIQ+, destacando que el Código Penal actual no castiga adecuadamente estas conductas. Es fundamental fortalecer la legislación y garantizar su aplicación efectiva para proteger los derechos de todas las personas y construir una sociedad más inclusiva y justa. Nuestro país aún requiere de legislación que proteja, garantice y promueva los derechos de las personas que forman parte de la comunidad LGBTQI+ (Defensoría del Pueblo, s.f.). Y como indica la CIDH “La ausencia de reconocimiento legal de la orientación sexual, la identidad de género y la diversidad corporal como motivos por los cuales se comete la violencia, convierten a esta violencia en invisible ante los ojos de la ley e impiden reconocer el alto riesgo a la violencia que enfrentan las personas LGBTIQ+”. 

La educación es una herramienta poderosa para combatir el odio y la discriminación.  En el Perú, la Ley General de Educación reconoce la educación como un derecho fundamental y establece que debe promover el respeto a los derechos humanos y la diversidad. Sin embargo, persisten desafíos en la implementación de una educación inclusiva que valore y respete la diversidad cultural, étnica, de género y sexual.  A pesar de la mención en libros educativos de temas LGBTIQ+ las escuelas no tienen una obligación de revisar o explicar acerca de las diversidades sexuales a pesar de ser este un tema tan importante. especialmente para adolescentes queer que merecen reconocimiento y apoyo. Sentirse identificado o saber que se tiene un lugar seguro donde preguntar o sentirse escuchado puede ser determinante, no solo para una buena salud mental, sino para promover la inclusión entre los propios jóvenes, evitando de mejor manera situaciones de bullying por estos motivos. 

La simple mención de un enfoque de género en la malla  escolar ha generado una reacción en la sociedad que impulsó movimientos con raíces homofóbicas como el de “con mis hijos no te metas” donde los padres temían que sus hijos tuvieran “conductas homosexuales” a partir de la mención de temas relacionados al género, educación sexual y orientación sexual. Gracias a este caso podemos visualizar el efecto que tiene el odio en nuestra sociedad, afectando inclusive la educación de los jóvenes.

Es esencial incorporar en el currículo escolar contenidos sobre derechos humanos, igualdad, identidad de género, orientación sexual, diversidad étnica y religiosa para que se combata a los discursos de odio desde la formación de la juventud peruana. No debe dejarse de lado la importancia de una correcta capacitación  a los docentes para que puedan abordar estos temas de manera adecuada y crear un ambiente escolar seguro y respetuoso para todos los estudiantes. Este tipo de iniciativas requieren de un involucramiento directo con el Estado debido al financiamiento de las capacitaciones, especialmente para las escuelas públicas, por ello resulta tan importante una muestra de interés por parte de nuestro gobierno para realizar cambios reales en nuestra sociedad. 

El Estado peruano tiene la obligación de garantizar la protección efectiva de todas las personas frente al odio y la discriminación, así como de ofrecer mecanismos adecuados de reparación a las víctimas.  Esta responsabilidad implica no solo actuar frente a casos concretos, sino también implementar políticas públicas que aborden las causas estructurales de la violencia. 

Un caso emblemático es el de Azul Rojas Marín, una mujer transgénero que fue víctima de tortura y violencia sexual por parte de agentes estatales.  La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad internacional del Perú por la violación de sus derechos y ordenó al Estado adoptar medidas para prevenir y sancionar la violencia basada en la orientación sexual y la identidad de género.

Es indispensable señalar en este apartado las exigencias internacionales sobre derechos de la comunidad LGBTIQ+. Por ejemplo, el 24 de noviembre de 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió la Opinión Consultiva OC-24/17 a solicitud del Gobierno de Costa Rica, marcando un antes y un después en la interpretación regional de los derechos de las personas LGBTIQ+. En esta opinión, la Corte estableció que los Estados parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) tienen la obligación positiva de garantizar, sin discriminación, todos los derechos derivados de una relación familiar a las parejas del mismo sexo, en las mismas condiciones que a las parejas heterosexuales. Asimismo, reafirmó que la orientación sexual y la identidad de género están protegidas por las disposiciones de igualdad y no discriminación contenidas en los artículos 1.1 y 24 de la Convención. La Corte fue clara al señalar que los Estados no pueden alegar motivos culturales, religiosos, políticos o mayoritarios para denegar el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTIQ+ (mismos motivos que son utilizados en discursos de odio). Esto fue señalado en base al principio de progresividad de los derechos humanos y en el deber de garantizar el pleno ejercicio de los derechos sin discriminación, independientemente de la opinión pública o del contexto político.

Esta opinión consultiva es fundamental para el reconocimiento de las uniones de hecho y matrimonio entre las personas del mismo sexo, pero lo más importante es que amplía el alcance del sistema interamericano y obliga a los Estados parte, como el Perú, a adoptar medidas legislativas, administrativas y judiciales que garanticen estos derechos. Es fundamental que el Estado reconozca su rol en casos de omisión o complicidad institucional y promueva acciones reparadoras que dignifiquen a quienes han sido vulnerados.  Sin un compromiso real desde el aparato estatal, la lucha contra el odio seguirá siendo una promesa incumplida. 

Sin embargo, también es importante la respuesta del estado frente a los crímenes de odio que ya han sido cometidos. Cuando un crimen de odio ocurre, especialmente motivado por orientación sexual o identidad de género, el Estado tiene la obligación internacional de garantizar la verdad, la justicia y una reparación integral para las víctimas y sus familias. Esta responsabilidad emana del artículo 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ha sido desarrollada por la Corte Interamericana en múltiples sentencias. La reparación no se limita a la indemnización económica, sino que incluye medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción (como actos públicos de disculpa) y garantías de no repetición, como reformas legislativas, capacitaciones a funcionarios y creación de registros oficiales de crímenes de odio. La Corte IDH ha señalado que el incumplimiento de estas obligaciones perpetúa la impunidad y refuerza la exclusión estructural. En su jurisprudencia, por ejemplo, el caso Atala Riffo y niñas vs. Chile reafirmó la necesidad de erradicar los prejuicios institucionales contra personas LGBTIQ+ (Corte IDH, 2012). Además, informes de la Comisión Interamericana destacan que los Estados deben implementar mecanismos especializados para atender a víctimas LGBTIQ+, como unidades fiscales con enfoque de género y diversidad (CIDH, 2015) En contextos como el peruano, donde aún no se tipifican de forma autónoma los crímenes de odio, esta obligación de reparación es aún más urgente, pues constituye un paso indispensable hacia la justicia y la dignidad para las víctimas.

V. Conclusión:

La realidad que enfrenta la comunidad LGBTIQ+ en el Perú es un reflejo doloroso de una sociedad que, aunque se proclama democrática y plural, sigue arrastrando prejuicios estructurales profundamente arraigados. La violencia, la discriminación y la exclusión no son hechos aislados ni meros errores del sistema: son consecuencias de una cultura que ha aprendido a mirar hacia otro lado ante el sufrimiento de quienes disienten de la norma.

A pesar de los esfuerzos de la sociedad civil, de algunas instituciones comprometidas y de las luchas cotidianas de miles de personas, el Estado sigue sin responder con la urgencia y firmeza necesarias. No basta con discursos de inclusión si no vienen acompañados de legislación efectiva, políticas públicas reales y una voluntad política clara de erradicar el odio en todas sus formas. La indiferencia también mata, y el silencio institucional se convierte en cómplice de los crímenes motivados por prejuicio.

Sin embargo, frente a este escenario hostil, la comunidad LGBTIQ+ sigue resistiendo con dignidad y orgullo. Esa resistencia es también un acto de amor: amor propio, amor colectivo, amor por una sociedad más justa. El camino hacia un Perú verdaderamente inclusivo pasa por el reconocimiento, la reparación y la garantía de derechos. Porque nadie debería tener que vivir con miedo por ser quien es. Y porque, como sociedad, no podemos hablar de justicia mientras sigamos permitiendo que algunas vidas valgan menos que otras.

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